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El Tribunal Supremo ya confirmó la condena de José Antonio Griñán consistente en la pena de prisión de seis años impuesta por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla 490/2019 por malversación de caudales públicos. Tras la resolución del recurso de casación interpuesto por el que fue titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, muchas voces comenzaron a pedir el indulto, habiéndose llegado a exigir a Juan Espadas, actual líder del PSOE en el territorio andaluz, que presione igualmente para lograr el indulto de José Antonio Griñán, pero ha rechazado obrar en ese sentido por la prohibición que se recoge en el Código Ético del PSOE.

El día 10 de octubre de 2014, se aprobó el Código Ético del PSOE, que encuentra su fundamento, según su propio texto, en que “el Partido Socialista Obrero Español ASUME el compromiso firme de LIDERAR EL PROCESO DE LIMPIEZA Y CALIDAD DEMOCRÁTICA en la política española, enfrentándose a cualquier forma de corrupción pública derivada de la prevalencia de los intereses particulares sobre el interés general y ACUERDA este Código Ético para regular el comportamiento público de sus militantes y para que el desempeño de las funciones de sus cargos se desarrolle conforme a unos principios comunes”. Los códigos éticos responden a un patrón muy específico, en la medida en que, como señala Guillermo Martínez Suárez en Códigos éticos, de conducta, buen gobierno y transparencia, “la exigencia de una mayor ejemplaridad en los asuntos de todos ha facilitado un tránsito hacia lo esencial en las agendas políticas que, en mayor o menor medida, han captado el mensaje dirigiéndose hacia la autorregulación como instrumento de relegitimación y puesta en valor de lo público”, algo lógico en cuanto que “asistimos a un cambio de paradigma en la cultura organizacional y en las Instituciones, y la ética es un factor catalizador de este”.

El punto 8 del Código Ético del PSOE señala expresamente que “Los cargos públicos del PSOE se comprometen a no proponer ni apoyar el indulto de cargos públicos condenados por delitos ligados a corrupción, violencia de género, delitos de acoso o discriminación, contra la libertad e indemnidad sexuales, torturas o contra la integridad moral, así como la comisión de hechos constitutivos de delitos graves” y que, “Además, los cargos públicos y orgánicos se comprometen a no solicitar su propio indulto si fueran condenados por los mencionados delitos”. Ahora bien, esta norma no tiene carácter jurídico, de modo que no se especifica una consecuencia jurídica sancionadora.

Un código ético y conducta profesional describe los principios éticos que rigen las decisiones y el comportamiento en una empresa u organización, pues, generalmente, brindan lineamientos generales sobre cómo deben comportarse los empleados, así como una guía específica para manejar problemas como el acoso, la seguridad y los conflictos de interés. Además, un código ético siempre es una guía central y una referencia para que los miembros de la organización y sus simpatizantes respalden la toma de decisiones del día a día, pues fomenta las discusiones sobre ética y cumplimiento, lo que permite a los empleados manejar los dilemas éticos que encuentran en el trabajo diario y puede servir igualmente como una referencia valiosa, ayudando a los empleados a localizar documentos, servicios y otros recursos relevantes relacionados con la ética dentro de la organización.

La citada regla del Código Ético del PSOE sobre la prohibición de petición de indultas encuentra su fundamento en el respeto a las decisiones judiciales y en la asunción de la responsabilidad que se derive por actos ilícitos ejecutados las personas que ocupen cargos públicos gracias al PSOE. Por ende, desde la formación no debería pedirse públicamente un indulto para José Antonio Griñán, pero es cierto que, como ya se ha expuesto, la norma a la que se hace referencia es un código ético cuyo incumplimiento no conlleva consecuencia alguna, de modo que, infringida la ley, es fácil que se perciba que poco o nada importa incumplir un código ético del que nadie se acordaba hasta que Espadas lo ha sacado a la luz para quitarse un buen mochuelo de encima.

Los indultos constituyen un elemento muy peligroso porque permiten que el Gobierno pueda dejar sin efecto la ejecución de una sentencia penal firme dictada con todas las garantías, incidiendo negativamente en la configuración del ordenamiento jurídico penal en la medida en que permite que los efectos disuasorios que pueda tener la norma penal aplicable terminen desapareciendo. Ello resulta especialmente peligroso con los delitos de corrupción, sobre los que, para evitar indeseables sensaciones de impunidad, existen mayores necesidades de la ejemplaridad que con el silogismo delito-pena se puede lograr siempre que se descubra el hecho delictivo y existan suficientes pruebas para atribuir el mismo a una persona que pueda ser declarada culpable y condenada por su comportamiento ilícito.




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