La cancelación del Mobile World Congress implica unas pérdidas económicas importantes: empresas que tenían previsto participar, proveedores que no van a poder cumplir sus expectativas de ventas o, incluso, particulares que se hayan visto obligados a cancelar sus reservas de alojamiento o billetes de avión para viajar hasta Barcelona.
Todo esto abre la vía a plantear posibles reclamaciones, pero ¿frente a quién puede reclamarse responsabilidad por la cancelación del MWC? ¿Se puede hablar en este caso de causa de fuerza mayor como argumento para eximirse de dicha responsabilidad?
Miriam Montero, abogada de ARAG, explica que la clave “está en determinar si nos encontramos ante un supuesto de fuerza mayor. Frente a esta cuestión los argumentos no son incuestionables. Es cierto que existe una preocupación global sobre la posible extensión del denominado coronavirus y que esto ha llevado a la Organización Mundial de la Salud a decretar una emergencia internacional, pero no se han tomado a nivel oficial medidas que supongan restricciones al movimiento de personas, más allá de las zonas afectadas más directamente por el virus”.
En el caso de España, además, no existe una alerta sanitaria específica al haberse detectado únicamente dos casos de contagio, ambos importados. Es importante saber que las autoridades no han considerado que existan razones de salud pública que aconsejasen la cancelación del congreso.
Incidencias frente a empresas
Es habitual que en este tipo de eventos existan contratos entre organizadores y proveedores que regulen las obligaciones de cada uno y prevean las consecuencias de una posible cancelación. Si es cierto que tales eventos mueven muchas relaciones mercantiles y no todas ellas están tan reguladas como entre organizadores y proveedores. Los proveedores secundarios, que dependen de los principales, probablemente no tengan unos contratos tan blindados, por lo que las reclamaciones serán más complejas.
Por regla general, en este tipo de contratos entre los stands, o proveedores, se establecen cláusulas de penalización por cancelación que tendría que abonar la parte que lleva a cabo la misma. Aquí habría que atender a varias premisas, ya que dependerá de las condiciones en las que se cancele, plazos de preaviso y los motivos de cancelación.
Se podrá reclamar por incumplimiento contractual en base a lo que regule el contrato o exigir responsabilidad civil si no había motivo suficiente para la cancelación del evento. Ya no solo hablamos de la devolución de lo abonado y gastos asociados, sino también de lo que se ha dejado de ganar (lucro cesante) y al posible daño a la marca.
Otra cuestión importante es establecer qué Tribunal es el competente y qué ley es la aplicable. Hay tribunales que son más proclives que otros a la posibilidad de reclamar determinados perjuicios. Por ejemplo, para una pequeña empresa será más complejo reclamar en el extranjero.
Incidencias frente a particulares
Hay que tener en cuenta que la asistencia a un evento de estas características normalmente viene auspiciada por las empresas que envían a su personal y, en consecuencia, corren con los gastos que se deriven de cancelaciones de billetes o de reservas hoteleras. Serán estas empresas las que deberán plantearse si pueden emprender acciones legales frente a GSMA, como organizadora del evento, para resarcirse de dichas pérdidas.
No obstante, si un profesional a título particular tenía comprado un billete aéreo para asistir al congreso y se ha visto obligado a cancelar dicha reserva, lo primero que tendrá que hacer es fijarse en las condiciones de la tarifa que ha contratado. Normalmente, las tarifas más económicas no son flexibles y, por lo tanto, no admiten cancelaciones. Aunque exista una razón más que justificada para la cancelación, difícilmente se va a poder obtener el reembolso del coste del billete (en todo caso se podrá reclamar la devolución de las tasas aéreas). En todo caso, es conveniente contactar con la compañía aérea. En ocasiones pueden establecer criterios más flexibles en cuanto a las condiciones de reembolso.
En cuanto a la reserva de alojamiento, todo dependerá de las condiciones de la reserva y de la política de cancelación que tenga fijada el establecimiento hotelero. Si la reserva no admite cancelación previa, el hotel no estará obligado a devolver el importe pagado por el cliente.
Está la posibilidad de acudir a las coberturas del seguro que se haya podido contratar para cubrir los gastos de anulación. Al no haberse declarado ningún tipo de alerta sanitaria específica en España que suponga una recomendación de no viajar por parte de las autoridades, todo dependerá de los motivos que estén cubiertos por la póliza.
Por lo tanto, una de las pocas alternativas que le quedan al particular es emprender acciones legales frente al organizador del evento, considerando que no se dan las circunstancias de fuerza mayor alegadas por éste como motivo para justificar la cancelación.
Incidencias en el ámbito laboral
Otra consecuencia de la cancelación del Mobile World Congress incide en el ámbito laboral. Cada año este evento genera casi 14.000 contrataciones temporales en hostelería, seguridad privada, azafatas/os de eventos, personal de mantenimiento, etc.
La decisión adoptada por la organización va a provocar que todos estos contratos no lleguen a firmarse y que, aquellos que ya se hubieran firmado (por ejemplo, los operarios de preparación y montaje de stands), vayan a finalizar de forma anticipada. “En estos casos los trabajadores podrían reclamar por ser extinguidos con anterioridad”, explica Montero.
Conclusión
La conclusión que puede desprenderse de todo lo expuesto anteriormente es que la cancelación de un evento de esta envergadura supone una afectación muy notoria desde el punto de vista económico, con múltiples vertientes. Esto abre la vía a la posibilidad de interponer demandas contra el organizador del congreso. Está por ver qué recorrido pueden tener estas demandas en función de si, finalmente, se reconoce o no la causa de fuerza mayor como desencadenante de la cancelación del Mobile Word Congress.