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Especialmente durante el llamado “boom inmobiliario”, no pocas personas para acceder a una vivienda en propiedad- con hipoteca- tuvieron que ser avalados por familiares, principalmente, se utilizaba la vivienda de padres o abuelos como aval. Según han ido pasando los años, nos encontramos con el fallecimiento de esos avalistas y la duda entre los herederos sobre qué pasa entonces con el aval en las herencias. En otras palabras, si se hereda un aval. En este post vamos a hablar sobre heredar un aval y qué pueden hacer los herederos en este caso. 

La respuesta es sí, los avales se heredan cuando el avalista fallece. No debemos olvidar que en una herencia no sólo se reciben los bienes, también las deudas y derechos del causante. 

Los avales se heredan

Si, por ejemplo, decides aceptar una herencia en la que hay una vivienda, pero esa vivienda está puesta como aval, al aceptar dicha herencia acabas asumiendo ese rol de avalista, igualmente ocurre si se avala con una determinada cantidad económica u otro tipo de aval. 

En definitiva, si se acepta la herencia en la que constan avales, estos se heredarán y los avalistas adquirirán su responsabilidad, debiendo, por tanto, responder ante terceros por este aval y no solo con los bienes de la herencia, también con los propios del heredero. 

Heredar un aval: el aval sigue vigente pese al fallecimiento del avalista 

El artículo 1847 del Código Civil dispone que el aval se extingue por el pago de la deuda que garantiza, y por las mismas causas que las obligaciones generales, que recoge en el Artículo 1.156 y entre las que no se encuentra la muerte del avalista. 

Ante este riesgo, los herederos pueden evitar convertirse a su vez en avalistas renunciando a la herencia o aceptándola a beneficio de inventario, es decir, de modo que las deudas de la herencia sólo se paguen con el patrimonio hereditario, pero no con su propio patrimonio.  




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