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Madrid, 22 feb (EFECOM).- El Consejo de Ministros ha iniciado la tramitación del anteproyecto de ley que transpondrá la directiva europea de intercambio de información fiscal sobre plataformas digitales, que comienza ahora su fase consultiva.

Según recoge la referencia del Consejo de Ministros de este martes, la transposición de la directiva supondrá también implementar una serie de cambios reglamentarios relativos a las nuevas normas y obligaciones de los operadores de plataformas, que se efectuarán mediante un real decreto y una orden ministerial.

La directiva europea DAC 7 establece un nuevo marco de intercambio de información obtenida de los operadores de plataformas digitales entre los socios comunitarios con el objetivo de ayudar a las administraciones tributarias "a recaudar los impuestos de una forma mejor y más eficiente".

El anteproyecto de ley que inicia ahora su andadura establece tres tipos de obligaciones para los operadores de plataformas obligados a comunicar información, sujetas a sanción: registrarse en el censo, obtener ciertas informaciones de sus "vendedores" y suministrar esa información a la Agencia Tributaria.

En concreto, a partir del 1 de enero de 2023, las plataformas tendrán que recopilar información sobre las actividades en que son intermediarios -en las que ponen en contacto a vendedores o prestadores de servicios con los usuarios-, salvo que los vendedores sean administraciones públicas o entidades cotizadas, y en particular, sobre el arrendamiento de inmuebles y medios de transporte, servicios personales y venta de bienes.

Entre estos datos figuran la identificación de los vendedores, la contraprestación satisfecha al vendedor, los tributos retenidos o las cantidades cobradas por el operador.

Una vez obtenida la información -que los operadores suministrarán a la Agencia Tributaria en el mes de enero del año siguiente-, se intercambiarán los datos con los Estados miembros donde se encuentre la residencia del vendedor o donde esté ubicado el bien inmueble alquilado o cedido temporalmente a través de las plataformas.

Estarán excluidos de esta obligación los operadores de plataformas digitales que demuestren que la información ha sido comunicada por otros operadores y aquellos registrados en países con convenidos para facilitar los datos a los Estados de la Unión.

El anteproyecto también regula las inspecciones conjuntas a nivel europeo, que empezarán a implementarse a partir del 1 de enero de 2024.




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