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Barcelona, 10 oct (EFE).- El juez que investiga el caso Negreira ha rechazado que el FC Barcelona acuse a los expresidentes Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu porque ve indicios de que su actual dirigente, Joan Laporta, actuó de forma "idéntica" en su anterior mandato y si no está investigado es por prescripción del delito.

Así lo sostiene el titular el juzgado de instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, en un auto en que desestima la petición del FC Barcelona de personarse como acusación particular solo para el delito de administración desleal -atribuido entre otros a Rosell y Bartomeu-, lo que el magistrado entiende como un "fraude de ley".

"No es admisible éticamente que Laporta acuse a los presidentes Rosell y Bartomeu por el delito de administración desleal, cuando existen indicios más que sobrados de que Laporta cometió los mismos hechos que los presidentes posteriores", argumenta el juez, en relación al pago de "abultadas cantidades de dinero" al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) José María Enríquez Negreira.

En el caso Negreira, el juez investiga el pago de cerca de 7 millones de euros por parte del FC Barcelona entre 2001 y 2018 a Negreira y su hijo.

El juez remarca que, hasta el momento, no se ha atribuido a Laporta la comisión de ningún delito en este caso, pero aclara que ello no obedece a "razones atinentes a la antijuridicidad" de los actos que cometió en su primer mandato, "sino por la aplicación de las reglas de la prescripción delictiva".

En este sentido, subraya que durante la primera etapa de Laporta como presidente del FC Barcelona -entre 2003 y 2010-, también se efectuaron pagos a la familia de Enríquez Negreira a través de sociedades "interpuestas".

"Por tanto, la conducta de Laporta a este respecto es idéntica a la de los presidentes posteriores", insiste el juez, en referencia a Rosell y Bartomeu.

El magistrado apunta que el escrito del FC Barcelona solicitando ejercer de acusación particular por administración desleal podría considerarse válido "aparentemente y en el aspecto formal", pero resalta que "atenta gravemente contra el espíritu ético del resto de normas aplicables a la admisión de la personación de partes acusadoras".

En este sentido, sostiene que es el actual presidente azulgrana, Joan Laporta, quien designa, directamente o a través de otras personas de menor rango, a los miembros del equipo jurídico que representa al club en el caso Negreira.

Por este motivo, concluye que "resulta contrario a toda ética que quien cometió unos actos idénticos a los de los posteriores presidentes pretenda personarse en la causa ejerciendo la acusación particular bajo el instrumento jurídico del FC Barcelona, como si este fuera una entidad abstracta con un “yo” propio ajeno al de los directivos del club".

En su petición, el club azulgrana solicitaba personarse en el procedimiento exclusivamente para acusar por un delito de administración desleal por parte de sus exdirigentes, a lo que se opuso tanto la Fiscalía como la defensa ejercida por Bartomeu.

Según el juez, además de los motivos éticos, otro de los argumentos para desestimar la petición del club azulgrana es que cree que el delito de administración deseal se habría cometido en concurso con el de corrupción deportiva o el de cohecho, ya que se extrajo dinero de las arcas del club "como medio para cometer otro delito".

Al tratarse de dos delitos conexos en este caso -lo que en términos jurídicos se denomina concurso medial-, el juez estima que el FC Barcelona debería acusar por el conjunto y no por una fracción, ya que no puede acusar solo por el medio -sacar dinero del club- y no por el fin -la supuesta corrupción deportiva o cohecho, por la que también está imputado la entidad barcelonista-.

Por este motivo, subraya que el FC Barcelona no puede acusar por el concurso de ambos delitos, "dado que estaría acusándose a sí mismo", ya que ha sido imputado por cohecho y corrupción deportiva.




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