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- La octava edición del barómetro del sector farmacéutico de Bufete Escura, fruto de entrevistas con 100 oficinas de farmacias del área metropolitana de Barcelona, concluye que en 2017 el EBITDA (beneficio antes de intereses, impuestos y amortizaciones) se situó de media en un 14,91% en 2017, un 1% más que en 2016. 

- El  informe también apunta que en 2017 se frenó la tendencia de los últimos años según la cual el porcentaje de venta libre aumentaba respecto la venta de medicamentos, situándose prácticamente en un 52-48. 

El despacho de abogados y economistas especializado en derecho farmacéutico Bufete Escura ha organizado esta mañana un encuentro sobre el sector de las farmacias en el que se han dado a conocer los principales resultados de la octava edición del barómetro del sector farmacéutico en el que se tratan sus principales ratios fruto de entrevistas con 100 farmacias del área metropolitana de Barcelona realizadas entre enero y diciembre de 2017 y desglosadas por volumen de facturación.

Según destacaron el socio-director de Bufete Escura Fernando Escura y el abogado del Departamento de Oficinas de Farmacia de Bufete Escura Manel Sánchez, “en 2017 se ha frenado la tendencia de los últimos 8 años marcada por un aumento de la
venta libre respecto la venta de medicamentos, especialmente en el caso de las oficinas de farmacia que facturan entre 800.000 y 1,5 millones de euros”.

Concretamente, en las oficinas de farmacia de menos de 800.000 euros de facturación la venta libre supone un 50,15% y la venta de medicamentos un 49,85% y en las oficinas de farmacia que facturan entre 800.000 euros y 1,5 millones de euros los porcentajes se sitúan en un 51,30% y un 48,70% respectivamente. Escura y Sánchez George han comentado que “en las oficinas de farmacia qe facturan entre 1,5 y 3 millones de euros la diferencia entre venta libre y venta de medicamentos sigue siendo mayor con un 60,04% de venta libre respecto a un 39.96% de venta de medicamentos”. Según Fernando Escura, “este cambio de tendencia puede responder al hecho de que cade vez hay más tiendas de proximidad que captan la venta libre”.

En referencia a la estructura de gastos, Escura y Sánchez Goerge han explicado que en los últimos 4 años esta se mantiene estable y han destacado que “en 2017 el coste de personal se situó de media en un 13% y los gastos de explotación (suministros, alquileres o mantenimiento) en un 8%”. En relación al margen bruto, este se sitúa entre el 32 y el 36%, siendo las oficinas de farmacias de más de 1,5 millones de euros de facturación las que más margen presentan por el mayor porcentaje de venta libre.

Por otro lado en el informe destaca que el EBITDA (beneficio antes de intereses, impuestos y amortizaciones) se situó de media en un 14,91% en 2017, un 1% superior al del 2016. Según Escura y Sánchez George, “esta cifra demuestra que el sector ha mejorado en rentabilidad”.

En el encuentro también se ha comentado la previsión de cambios normativos de cara al ejercicio fiscal de 2019, destacando que aumentará un 2% para las farmacias con un IRPF de más de 130.000€ y de un +4% para las que cuentan con un IRPF de más de 300.000€. También se ha apuntado que para dividendos generados en 2019 la tributación aumentará del 23 al 27%, mientras que el tipo para sociedades se mantendrá.

En la jornada también se ha abordado la controversia generada acerca de la distribución de productos farmacéuticos por servicios de mensajería y de la venta a través de plataformas digitales. La abogada del Departamento de Oficinas de Farmacia de Bufete Escura Rocío Martín ha recordado que “la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios prohíbe la venta de medicamentos a domicilio”. También ha apuntado que “el uso eventual de servicios de mensajería contratados por las farmacias para que hagan la entrega a domicilio de medicamentos comprados en sus páginas web o los encargos que puedan hacer los usuarios no constituye venta a domicilio, por lo que es legal”. En cualquier caso, Rocío Martín ha subrayado que “la venta de medicamentos online corresponde en exclusiva a las farmacias” y ha añadido que “no puede haber ningún intermediario entre el paciente y la oficina de farmacia por lo que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios ha confirmado que plataformas digitales como Glovo no pueden vender medicamentos”.

El presidente de la Federación de Asociaciones de Farmacias de Cataluña (FEFAC) y de la Asociación de Farmacias de Barcelona (AFB) Antoni Torres ha afirmado que “el medicamento es un bien de consumo reglado y es por eso que la venta online de estos productos sólo pueden hacerla las oficinas de farmacia acreditadas que tengan un contrato con empresas de transporte que reunan una serie de características”.

Además, Torres ha anunciado que “desde la FEFAC se presentarán las correspondientes denuncias a las empresas de mensajería que incumplan la normativa”.

El Jefe de la Sección de Vigilancia y Publicidad de los Medicamentos del Servicio de Ordenación y Calidad Farmacéuticas del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya Manel Rabanal ha asegurado que “si hay pruebas de que a través de plataformas digitales se siguen vendiendo medicamentos, desde la Administración se dará un paso más abriendo expedientes sancionadores con multas económicas”. Por otro lado, Rabanal también ha afirmado que “actualmente hay 130 oficinas de farmacia acreditadas y activas en la venta online -103 en Barcelona, 15 en Girona, 9 en Tarragona y 3 en Lleida- lo que supone que tras 3 años desde la implantación de la normativa que regula esta actividad sólo un 4,1% del total de farmacias de Cataluña vende online”. Rabanal ha añadido que “el número de solicitudes de venta online va en descenso y hemos recibido ya solicitudes de baja de actividad”, hecho que explica “por la falta de rentabilidad de la venta online”.

Finalmente, en la jornada organizada por Bufete Escura se han abordado los detalles de la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en el sector de las farmacias, con especial atención a su afectación en aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp. En este sentido, el abogado del Departamento de Protección de Datos de Bufete Escura Alberto Xicoy ha destacado que “las oficinas de farmacia sólo pueden comunicarse con el paciente via WhatsApp para notificaciones informativas si los mensajes se refieren a medicamentos bajo prescripción médica, mientras que en productos de parafarmacia la información puede ser más amplia”. Xicoy lo ha justificado apuntando que “WhatsApp no cumple con los requisitos de seguridad de la RGPD y es por ello que no se puede utilizar para prescripciones médicas”.




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