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¿Estás pensando en mudarte de país? ¿Consideras que España es un buen destino para empezar de nuevo? Antes de tomar una decisión tan importante, es fundamental culturizarte y profundizar conocimientos sobre el arraigo social. Este es un aval que se le otorga a extranjeros que se encuentran en situación irregular, y desean tener un mejor estilo de vida bajo la normativa española.

En circunstancias excepcionales no cabe duda que puede mejorar tu estatus en muchos aspectos; sin embargo, conlleva un largo proceso. Por ello, es necesario tenerlo en cuenta al momento de estudiar opciones, viajar y estabilizarte.

Hay países más preparados que otros para recibir a los extranjeros, y para bien, España figura entre ellos. Aun así, entre sus reglas contempla ciertos plazos de aprobación y entrega que pueden cambiarlo todo, si tu nuevo plan de vida no está bien organizado. Lee con detenimiento la siguiente información y confirmarás esta teoría.

Soportes de Ley del Arraigo Social en España que ayudan a estar bien informado

El arraigo social es una acreditación que se concede a extranjeros que quieren regularizarse y obtener la residencia legal. Sin embargo, para lograrlo te exige vivir en España 3 años, y en ese período de tiempo, debes demostrar integración social, vínculos familiares o laborales. De igual modo, pide contar con un contrato de trabajo firmado que demuestre cierta solvencia económica.

Debes entender que este proceso no nació de forma improvisada. De hecho, está regulado por la siguiente normativa:

  • Ley Orgánica 4/200, del 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social, bien conocida como Ley de Extranjería
  • Reglamento de Extranjería 4/2000, aprobado por el Real Decreto 557/2011, del 20 de abril. 
  • Aparte, el arraigo social está respaldado por el Real Decreto Ley 19/2012, del 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados. 
  • Por último, se soporta en la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Requisitos generales para obtener el permiso de arraigo con éxito

  • No debes ser una persona a quien se le haya prohibido la entrada en España en ocasiones anteriores.
  • No puedes ser descendiente de un estado de la Unión Europea, Suiza, o Espacio Económico Europeo.
  • Debes acreditar la residencia continuada en un período mínimo de 3 años.
  • Tener los antecedentes penales en orden.
  • Mantener una relación laboral debidamente documentada.
  • Contar con vínculos familiares con otros extranjeros, o en su defecto, acreditar arraigo social a través de informes de servicios sociales. 

Si sientes que las probabilidades de aprobación son altas, entonces, anota o copia la documentación que necesitas para hacer la solicitud:

  • Pasaporte válido, vigente, y en buen estado. Según el caso, puedes tener una copia de todas las páginas, incluyendo las hojas en blanco. 
  • Es esencial tener a la mano contratos de alquiler, facturas o informes de empadronamiento, ya que, de algún modo, esto confirma el movimiento de residencia continuada durante 3 años.
  • Por otro lado, no debes contar con antecedentes penales, tanto del país de origen, como de España.
  • Finalmente, debes tener disponibles informes que incluyan tu participación en cursos de idiomas, formación profesional o actividades comunitarias. 

Cabe destacar que los documentos deben estar traducidos al español, así que, toma tus precauciones. 

¿Sin contrato de trabajo? Esto es lo que puedes hacer

Sí, es posible solicitar el arraigo social en España sin contrato de trabajo, pero se materializa bajo ciertas circunstancias. Muchos aprovechan esta flexibilidad, aunque no cuenten con un empleo formal, para formalizar y regularizar su situación, y lo logran si tienen en orden lo siguiente:

Arraigo por cuenta propia como autónomo

No todo está perdido y esta alternativa es una prueba de ello. Por ejemplo, si deseas emprender como autónomo en el país, presenta un proyecto empresarial viable, de interés económico, que disponga de la capacidad de generar empleos e ingresos, y tendrás el terreno ganado. 

Arraigo por medios económicos propios

Por otro lado, tienes esta segunda opción que demanda recursos económicos suficientes para mantenerte en el tiempo, sin necesidad de trabajar, y puedas obtener la residencia. No obstante, debes contar con fondos traducidos en ahorros, pensiones, inversiones u otros medios digitales

Aparte, debes acreditar la posesión de 150% del IPREM, como mínimo, y por si fuera poco, debes contar con un seguro de enfermedad. 

Otros estatus de arraigo en España que sirven de brújula

Además del Arraigo Social, existen otros tres que puedes tomar en cuenta por cualquier novedad: arraigo laboral, familiar y de formación. Si te interesa ampliar esta información, quédate y presta atención a los detalles, ya que pueden marcar una diferencia en tus planes a corto, mediano o largo plazo.

Arraigo laboral 

Se le otorga a extranjeros que demuestran una permanencia continuada de al menos 2 años o disponen de una oferta laboral que confirme haber residido en el país por ese tiempo, pero no de forma intermitente. Asimismo, es importante haber contado con un vínculo laboral considerablemente relevante por un período mínimo de 6 meses.

Arraigo familiar

En este tercer punto se exige demostrar un vínculo familiar cercano y significativo. Por ejemplo: ser padres de un hijo nacido en España, o hijos de padres originariamente españoles. En el caso de un extranjero, si se trata de un infante, este debe demostrar que está a su cargo, y además confirmar convivencia y que cumple con sus obligaciones.

Arraigo para la formación 

Pide un permiso de permanencia de aproximadamente 2 años y para obtenerlo sin titubeo debes contar con un certificado de profesionalidad, entre otras alternativas que funcionan y son igual de válidas para estudiar tu caso.

Si has llegado hasta aquí y continúas interesado en el arraigo social, entérate de qué puedes hacer la solicitud vía online o de forma presencial con la documentación necesaria que exige el proceso.

Con relación al plazo de respuesta, la administración tiene un plazo de 3 meses para contestar. Sin embargo, es bueno que sepas algunos movimientos que puedes preparar, en caso de negación:

  • Interponer un recurso administrativo de reposición en el período de 1 mes, que se contabiliza desde la fecha de la notificación. 
  • Interponer un recurso judicial en un plazo de 2 meses.
  • Realizar una nueva solicitud considerando ciertos recursos que dejaste por fuera en el primer intento.

En conclusión, una vez cumplidos los 3 años de residencia continuada en España, a partir de ese momento puedes presentar la solicitud de arraigo social. Prepara tu documentación, recopila toda la información necesaria, prepárate completamente, e inicia el proceso. Anticipar cada detalle te ayudará a salir airoso.




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