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  • Otras tres personas fueron condenadas por la Audiencia de Tenerife en el mismo caso, como cómplices de la estafa, a 4 meses de prisión, pero éstos no recurrieron al alto tribunal

La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de entre 2 y 5 años de cárcel impuestas a cuatro responsables de una estafa continuada a empresarios de Tenerife mediante la inversión en unos activos financieros ficticios denominados ‘euronotas’, que tendrían un alto rendimiento y que supuestamente estaban garantizados por unos yacimientos de oro en Antofagasta de la Sierra (Argentina).

El Supremo ratifica la pena de 5 años de cárcel para José Manuel M.C., por delitos de estafa y falsedad en documento mercantil; 2 años y medio de prisión para José María A.C. y Manuel R.L., por estafa; y 2 años para Isidro J.M.B. por el mismo delito. Los cuatro presentaron recurso de casación en el Supremo, que han sido rechazados. Otras tres personas fueron condenadas por la Audiencia de Tenerife en el mismo caso, como cómplices de la estafa, a 4 meses de prisión, pero éstos no recurrieron al Supremo.

Según los hechos probados, las euronotas, una vez suscritas, serían negociadas principalmente con el banco que identificaron como "Allied Chartered Bank" ("ACB"), con sede en las Islas Comoras, entidad bancaria cuya existencia tampoco ha quedado acreditada, e incorporadas a un programa denominado PPP (Private Placement Program), que consistía en que unos traders financieros harían circular el dinero, invirtiéndolo en diferentes activos financieros del mercado secundario, con lo que los empresarios participantes obtendrían inmediatos y millonarios rendimientos económicos.

La aportación de los empresarios consistía en 3.000 euros iniciales, para una investigación personal de antecedentes penales en el ámbito internacional, y patrimoniales, y luego 15.000 euros para que el "ACB" abriera una cuenta a nombre de cada uno de los participantes en el programa, para luego ir haciéndoles los ingresos en la misma. En las reuniones con los empresarios a las que asistieron tres de los acusados, se les exigía tener un proyecto empresarial, darse de alta como asociados a CIDECOMER (emisora de las euronotas) y realizar los pagos antes aludidos. Según la sentencia confirmada, los encartados actuaron a sabiendas de que las Euronotas que ofertaban no eran verdaderas, carecían de valor y habían sido creadas por el acusado José Manuel M.C. para dar verosimilitud a las operaciones.




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