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  • En mayo de 2014 se llevó a cabo el lanzamiento hipotecario del local, cuya deuda ascendía a más de 38.000 euros
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La Sección III de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado, de conformidad con las partes, a un matrimonio acusado de delito de estafa a la pena de dos años de prisión para cada uno. La pareja ocasionó un perjuicio económico de 38.745,21 euros a la mercantil “Industrias Poleñino S. L.”. al haber alquilado, sin tener solvencia, un local comercial propiedad de la empresa. En concepto de responsabilidad civil, la Sala impone a los acusados el abono de la cantidad adeudada.

Los acusados, Luis Miguel S. R. y Mercedes O. A., actuando de común acuerdo y con intención de obtener un beneficio patrimonial, aparentaron tener solvencia para contratar un local comercial destinado a la hostelería en el Polígono Industria de Villanueva de Gállego (Zaragoza), propiedad de “Industrias Poleñino S. L.”.

Fue la hija de Luis Miguel S., Tatiana S., quien firmó el contrato en su propio nombre y en el de la sociedad “Tamasol XXI, S. L.”, en calidad de administradora única (Cargo que ostentó hasta 27 de julio de 2013, fecha en la que su padre asumió dicho función).

La sentencia señala como hechos probados que, pese a que desde principios de 2013, los acusados comenzaron a explotar el negocio, dejaron de pagar tanto el importe relativo a las rentas como los suministros eléctricos, que seguía siendo facturado a nombre de la propietaria del local “Industrias Poleñino S. L.”, quién instó procedimiento de Desahucio en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Zaragoza.

Mediante sentencia de 24 de julio de 2013, se acordó resolver el contrato por impago y condenar a “Tamasol XXI, S. L.” a abonar las cantidades adeudadas. Se señaló como fecha de lanzamiento el 17 de octubre de 2013, sin que se llevara a cabo, puesto que los acusados interpusieron querella contra los representantes de “Industrias Polañino S. L.”, Susana M. T. y Pedro P. B.. Les acusaron de ser autores de un presunto delito de estafa, alegando que habían sido engañados por ellos, ya que el local no se encontraba en condiciones adecuadas para ser explotado y carecía de licencia de actividad, siendo inciertas ambas alegaciones.

Los magistrados señalan que la única finalidad de la querella era paralizar el lanzamiento para así poder seguir explotando el negocio sin abonar las rentas y los suministros de electricidad. Hasta que, finalmente, el 13 de mayo de 2014 se llevó a cabo el lanzamiento ascendiendo los perjuicios generados por dichos conceptos a 38.745,21 euros.

Con anterioridad al juicio oral, los acusados han consignado la cantidad de 6.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles dimanantes de la causa. Habiéndose comprometido al pago del resto de las cantidades debidas a razón de 1.550 euros mensuales durante 24 meses.




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