- Con este reglamento se establece un marco jurídico uniforme del amparo al que podrán adherirse los Colegios de la Abogacía que lo deseen.
El Pleno del Consejo General de la Abogacía ha aprobado hoy el Proyecto de Reglamento de Procedimiento de Amparo colegial y ha acordado someterlo a información pública colegial, hasta el 21 de abril, para que todos los profesionales de la abogacía conozcan su contenido y puedan realizar aportaciones y observaciones.
Este Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento de amparo, de urgencia u ordinario, para los profesionales de la abogacía que en el ejercicio de sus funciones profesionales pudieran verse perturbados o inquietados por autoridades judiciales, fiscales, funcionarios y personal de la oficinas judiciales y fiscales, autoridades o funcionarios de la Administración Pública, o por compañeros y compañeras de profesión, clientes o particulares.
Con este reglamento se establece un marco jurídico uniforme del amparo al que podrán adherirse los Colegios de la Abogacía que lo deseen. De esta manera los colegios contarán con criterios y directrices uniformes para su implementación.
Con Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa (LODD) los Colegios se constituyeron como garantes institucionales del derecho fundamental de defensa, lo cual conlleva la necesidad, como señala el artículo 21, de “asegurar el cumplimiento debido de las normas deontológicas y el correcto amparo de los profesionales en el ejercicio de sus funciones profesionales en las que pudieran verse perturbados o inquietados”.
Hasta ahora, la regulación del amparo colegial, clave para velar y garantizar la eficacia y correcto ejercicio del derecho de defensa, estaba únicamente prevista en el artículo 58 del Estatuto General de la Abogacía, y circunscrita a la actuación de los profesionales de la abogacía ante Juzgados y Tribunales.
Por ello se ha hecho necesario adaptar este instrumento a su configuración en la Ley Orgánica 5/2024 y dotarlo de una regulación marco en la que se defina con precisión su alcance y extensión, delimitando las conductas, situaciones fácticas y cuestiones que encajan en su ámbito de aplicación, el procedimiento para su tramitación y concesión, así como los efectos de la resolución colegial.
El trámite de información pública estará abierto hasta el 21 de abril inclusive.
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