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  • El Real Decreto 163/2019 que contempla este requisito entra en vigor el próximo 1 de julio
  • ENAC está ya en disposición de recibir solicitudes de acreditación para este nuevo esquema en el que aún no hay ninguna entidad acreditada

El Real Decreto 163/2019, por el que se aprueba la Instrucción Técnica para la realización del control de producción de los hormigones fabricados en central y que entrará en vigor el próximo 1 de julio, establece la necesidad de que las plantas de fabricación de hormigón se sometan a inspecciones completas cada cuatro años y seguimientos cada dos por parte de una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). 

“Al menos cada cuatro años se realizará la comprobación del cumplimiento de los criterios para la realización del control de producción, contenidos en esta instrucción técnica, mediante inspecciones a la central de hormigón que deberá ser encargada por el titular a un organismo de control acreditado conforme al Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, los cuales deberán estar acreditados para las correspondientes tareas. El organismo de control realizará una visita de seguimiento cada dos años con un alcance limitado a los apartados 5 y 6 contemplados en esta instrucción técnica, con objeto de verificar que se siguen cumpliendo dichos requisitos”.

En este momento, no existen entidades acreditadas para operar bajo el nuevo marco regulatorio. Sin embargo, ENAC está en disposición de recibir solicitudes de acreditación para este nuevo esquema de acreditación.




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