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Pamplona, 3 may (EFE).- Una nueva sentencia del Juzgado de lo Social ha declarado fija a una persona trabajadora que aprobó una oposición sin obtener la plaza y tenía contrato administrativo desde 2013.

Así lo ha comunicado la Federación de Sanidad de CCOO de Navarra, que por medio de su asesoría jurídica, planteó ante los Juzgados de lo Social la situación de una persona que desde 2013 tenía un contrato administrativo por atención de otras necesidades y desde el 2016 para cubrir una vacante.

En su demanda planteó que la relación con administrativa era fraudulenta, argumentando que la temporalidad de su relación laboral "se extiende por un período inusualmente largo, lo cual contraviene la normativa europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo", informa el sindicato.

Además, como para acceder a esta contratación administrativa había superado un proceso de oposiciones para plazas fijas, -aunque no había obtenido plaza y por lo tanto estaba en la lista de aprobados sin plaza-, consideraba que su relación debía ser declarada como fija y no como indefinida no fija.

El Juzgado ha dictado recientemente una sentencia en la que se razona que los contratos administrativos suscritos por la persona trabajadora son fraudulentos y por lo tanto lo que subyace en el fondo es una relación laboral.

Además, y en concordancia con lo defendido por los servicios jurídicos de CCOO, considera que como se había superado una oposición, aunque sin obtener plaza, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad también se habían respetado, sin perjuicio de que los mismos se aplican estrictamente en el acceso a la función pública, es decir, para obtener una plaza de funcionario, pero no para el acceso al empleo público en el régimen jurídico laboral, en cuyo supuesto estas exigencias sólo tienen rango legal.

Por todo ello se estima la demanda y se declara el derecho de la persona demandante a permanecer en su puesto de trabajo y con sujeción al mismo régimen de estabilidad que corresponde a los empleados laborales fijos.

Por último, la resolución considera que conforme a la interpretación del Tribunal de Justicia de Unión Europea y los pronunciamientos de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo procede concluirse que la pretensión de fijeza es el mecanismo útil y adecuado para sancionar el abuso en la contratación temporal.




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