La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de la Comunidad Valenciana ha anulado la exigencia de un título de valenciano para que los habilitados nacionales puedan acceder a las bolsas de trabajo destinadas a la provisión con carácter interino de puestos de trabajo de secretarios o interventores locales en la Comunidad Valenciana.
El alto tribunal estima así un recurso de apelación del Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local contra una sentencia anterior de un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valencia.
Los magistrados del TSJCV consideran que ese requisito ineludible -estar en posesión del título B1 de conocimiento elemental del valenciano- "se debe considerar ilegal por vulneración de la normativa estatal que no lo exige".
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