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Mañana se cumplen cinco años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Una norma que amplió las competencias de los notarios, permitiendo desjudicializar muchos asuntos que en realidad no eran propiamente litigios. Desde entonces y hasta abril de 2020 (últimos datos consolidados), los notarios españoles han realizado más de 131.000 nuevos actos de jurisdicción voluntaria. Destacan los de familia, como la celebración de matrimonios, separaciones o divorcios, que suman un 54% del total. Les siguen los sucesorios, entre ellos, la declaración de herederos abintestato (sin testamento) de herederos colaterales y la realización del inventario antes de decidir si se acepta o se renuncia a una herencia, con un 20%. El resto se distribuye entre actos muy diversos como la conciliación, la reclamación de deudas dinerarias no contradichas o los expedientes de dominio, entre otros.

 

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Desde la entrada en vigor de esta ley en julio 2015, y hasta abril de 2020 (últimos datos consolidados), los notarios han realizado 131.311 nuevos actos de jurisdicción voluntaria, con un aumento del 80% durante el periodo julio 2019-abril 2020 con respecto al primer año completo.  Según afirma José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado: “Celebramos el quinto aniversario de una ley que ha permitido que los notarios podamos ayudar a miles de ciudadanos y empresas a solucionar sus diferencias de manera más rápida y con plenas garantías jurídicas. Además, ha liberado a los jueces de asuntos en los que su intervención no era necesaria, lo que ha ayudado a descongestionar en cierta medida los juzgados”.

Matrimonios, separaciones y divorcios ante notario

Una de las novedades que introdujo esta ley fue la posibilidad de casarse, separarse o divorciarse ante notario. De hecho, la celebración de matrimonios (35.619) y de divorcios o separaciones (35.784) aglutinan más de la mitad de los actos de jurisdicción voluntaria realizados en este periodo (54%). Así, más de 71.400 parejas han acudido a un notario para contraer matrimonio, separarse o divorciarse (siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo ni personas con la capacidad modificada judicialmente). La celebración de matrimonios ante notario se ha triplicado durante los casi cinco primeros años de vigor de la ley (de 2.390 a 7.042). Respecto a las separaciones o divorcios, la demanda de este acto se ha incrementado un 62% durante este periodo (de 4.344 a 7.733).

En el caso de los divorcios, además, el notario, al igual que hacía el juez, comprueba que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las partes se atiene a derecho y es equitativo para los dos miembros de la pareja, es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos, y lo incorpora y protocoliza dentro de la escritura pública de divorcio.

Actos en materia de sucesiones

La declaración de herederos directos cuando no existe testamento (declaración de herederos abintestato), ascendientes, descendientes y cónyuges, es uno de los actos de jurisdicción voluntaria más demandado por los ciudadanos. Este acto ya era competencia de los notarios años antes de la entrada en vigor de la LJV, por lo que no se contabiliza en este informe. Con todo, en el periodo aquí analizado, los notarios españoles realizaron 530.431 declaraciones de herederos directos abintestato.

Con la LJV, 




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