El Juzgado de lo Social nº 1 de León ha considerado procedente el despido de un trabajador con posterioridad a que la empresa se acogiera a un ERTE como consecuencia del Covid-19.
El juez entiende que la mercantil, que atravesaba serios problemas financieros con anterioridad a la pandemia, ha justificado que las causas en que se funda el despido son estructurales y, por tanto, distintas a aquellas en las que se sustentó el ERTE, que eran coyunturales.
En este sentido, señala que "la situación de la empresa resultaba mucho más negativa a la fecha de despido del actor (octubre de 2021) que a la fecha de inicio del ERTE vigente en la empresa (marzo de 2020), concurriendo un cambio relevante y sustancial de sus circunstancias económicas y financieras que no guardan relación directa con la crisis económica derivada del Covid-19 y sí con la delicada situación estructural de la empresa, como ya hemos explicado más arriba, al analizar las causas del despido objetivo alegadas por la empresa; (…) no puede exigirse a una empresa que sufra esas dificultades que siga manteniendo íntegra toda su plantilla mediante ERTE durante un prolongado lapso temporal, lo que podría afectar al mantenimiento definitivo del empleo…” señala la sentencia.
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