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Se suele pensar que la única posibilidad de percibir una indemnización con objeto de la resolución de contrato es para el caso de los despidos improcedentes. Es un grave error. Para muchos casos la ley tiene prevista una indemnización. En este artículo contestaremos la pregunta ¿ qué indemnizacion por despido me corresponde ?

Datos a tener en cuenta para el cálculo del despido

Para poder calcular el despido hay que tener presente y muy claros 3 datos:

  1. La antigüedad . Lo mejor es calcularlos en meses, y además aunque se haya trabajado algunos días, se contará como mes entero.
  2. El Salario. Hay que considerar el salario bruto, incluyendo la parte proporcional de pagas extras, pluses, comisiones, bonus, salario en especie.
  3. El tipo de despido a realizar. En función de cada tipo de despido y que desarrollaremos.

Qué tipos de despido existen

Se contempla en el Estatuto de los Trabajadores la posibilidad de que estemos ante despidos improcedentes y despidos procedentes, pero ademas nos encontramos ante la posibilidad de que estemos ante resoluciones de contrato que igualmente generen indemnizaciones en favor de los empleados.

Despido improcedente

Estamos ante un despido improcedente cuando la empresa no acredita los motivos del despido. Dicha improcedencia puede ser declarada por Sentencia judicial, aunque tambien nos encontramos con que puede reconocerse en la carta de despido por parte de la empresa ante la imposibilidad de demostrar los motivos.

Qué indeminzación por despido me corresponde si es improcedente

Para un contrato anterior al 12 de febrero de 2012, corresponde una indemnizacion de 45 dias por año trabajado con un limite de 42 mensualidades.

Si el contrato es posterior al 12 de febrero de 2012 corresponde una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades.

Despido procedente

Entendemos que estamos ante un despido procedente cuando, bajo el amparo legal se permite a la empresa resolver el contrato. Es el caso típico de las extinciones por causas objetivas.

Si quieres saber más de los posibles tipos de despidos te invito que puedas leer este artículo

Qué indeminzación por despido me corresponde si es procedente

Para el caso de que nos encontremos ante un despido procedente, corresponde una indemnizacion de 20 dias por año trabajado con un limite de 12 mensualidades.

Despido por voluntad del trabajador

Ya hemos explicado en estos artículos que una resolucion contractual no tiene por que ser por iniciativa de la empresa, por lo que el trabajador puede resolver el contrato con derecho a indemnizacion.

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