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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha declarado improcedente el despido disciplinario de un cocinero que faltó tres días al trabajo por lumbalgia porque recibió del jefe su conformidad por whatsapp.

“Sin existir previo aviso sancionador por la empresa, la tolerancia se entiende acreditada”, dice la sentencia.

Cuando el encargado le preguntó al trabajador el motivo de su ausencia, éste le respondió que tenía lumbalgia y que se incorporaría al día siguiente. Asimismo, le manifestó que tenía todo organizado para un evento que se iba a celebrar ese fin de semana. El empresario respondió “ok”.

Al día siguiente, el representante de la restauración le pidió el parte de baja, pero éste no lo había solicitado porque su intención era reincorporarse de inmediato, y con la baja hubiesen sido 10 días de reposo. Como el trabajador no quería ausentarse tantos días, le propuso a su jefe que le descontara los tres días de ausencia, a lo que éste aceptó con un “estupendo”.

“Una respuesta afirmativa otorga al trabajador la confianza suficiente en la justificación de su ausencia y no puede ser contrariada con un posterior despido”, afirma Javier Marijuán Izquierdo, abogado de la afectada, quien añade que la sentencia “considera que si las faltas de asistencia son motivadas por causa ajenas a la voluntad del trabajador, éstas deben entenderse como justificadas”.

“La sentencia valida además las comunicaciones por medios como el WhatsApp que tan normales son en la sociedad y que deben ser aceptados con normalidad en sede judicial”, añade el letrado. Y en ese sentido esta supone, a su parecer, no solo “un paso para la defensa de los trabajadores, sino para su seguridad jurídica”.

El fallo obliga a la empresa de restauración a readmitir al trabajador o abonarle una indemnización de 3.336,49 euros.




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