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  • La Comisión Europea ha tomado dos decisiones separadas, ambas relacionadas con decisiones del TJUE y donde las acciones de las autoridades polacas continúan socavando el funcionamiento del sistema de justicia polaco.

En primer lugar, la Comisión ha decidido solicitar al TJUE que imponga sanciones pecuniarias a Polonia para garantizar el cumplimiento de la orden de medidas cautelares del Tribunal solicitada en virtud del artículo 279 TFUE (de 14 de julio de 2021). La orden se refería al funcionamiento de la Sala de Disciplina del Tribunal Supremo de Polonia y la suspensión de otras disposiciones de la legislación polaca que afectaban a la independencia judicial. La Comisión solicita al TJUE que imponga una multa diaria a Polonia mientras no se apliquen plenamente las medidas impuestas por la orden.

En segundo lugar, la Comisión también ha decidido enviar una carta de emplazamiento de conformidad con el artículo 260.2 TFUE a Polonia, por no haber adoptado las medidas necesarias para cumplir plenamente la sentencia del TJUE (de 15 de julio de 2021) que concluyó que la legislación polaca sobre el régimen disciplinario contra los jueces no es compatible con el Derecho de la UE.

El 20 de julio, la Comisión envió una carta a Polonia sobre las dos cuestiones: el auto de medidas provisionales del TJUE (14 de julio) y su sentencia (15 de julio). La Comisión solicitó a Polonia que comunicara todas las medidas tomadas o previstas para cumplir íntegramente la orden del TJUE y todas las medidas necesarias para cumplir íntegramente la sentencia.

Las autoridades polacas respondieron a la Comisión el 16 de agosto.

En cuanto a la orden de medidas provisionales de 14 de julio, tras haber examinado la respuesta de las autoridades polacas, la Comisión considera que Polonia no ha adoptado todas las medidas necesarias para cumplir plenamente la orden del TJUE. En particular, se siguen aplicando las disposiciones a las que se refiere la orden. Por ejemplo, las autoridades polacas abrieron recientemente una investigación disciplinaria contra un juez de un tribunal ordinario que aplicó la orden del 14 de julio en un caso pendiente ante él. Además, la Sala Disciplinaria sigue funcionando.

Por lo que se refiere a la sentencia del TJUE de 15 de julio, la Comisión considera que Polonia no adoptó las medidas necesarias para ejecutarla. Polonia informó sobre la intención de desmantelar la Sala de Disciplina en su forma actual, pero sin proporcionar más detalles. Por ejemplo, el Presidente de la Sala de Disciplina siguió designando tribunales disciplinarios de primera instancia para conocer de los casos disciplinarios de los jueces de tribunales ordinarios. Si la Comisión Europea considera que la respuesta polaca a la carta de emplazamiento no es satisfactoria como paso siguiente, la Comisión podrá llevar el caso una vez más ante el TJUE.

El 29 de abril de 2020, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción de la ley de 20 de diciembre de 2019 que modifica una serie de actos legislativos que rigen el funcionamiento del sistema judicial en Polonia. El 31 de marzo de 2021, la Comisión decidió llevar a Polonia ante el TJUE y solicitó medidas provisionales. El 14 de julio de 2021, el TJUE impuso medidas cautelares a Polonia, relacionadas con el funcionamiento de la Sala de Disciplina del Tribunal Supremo de Polonia, accediendo a la solicitud de la Comisión en todos los puntos. El TJUE ordenó a Polonia, en particular, que de inmediato:

  • suspender las disposiciones mediante las cuales la Sala Disciplinaria de la Corte Suprema pueda resolver sobre las solicitudes de levantamiento de la inmunidad judicial, así como en materia de empleo, seguridad social y jubilación de los jueces de la Corte Suprema;
  • suspender los efectos de las decisiones ya adoptadas por la Sala Disciplinaria sobre el levantamiento de la inmunidad judicial; y
  • suspender las disposiciones que impiden a los jueces polacos aplicar directamente la legislación de la UE que protege la independencia judicial y remitir al Tribunal de Justicia las decisiones preliminares sobre tales cuestiones

El 3 de abril de 2019 , la Comisión inició un procedimiento de infracción alegando que el nuevo régimen disciplinario socava la independencia judicial de los jueces polacos y no garantiza las garantías necesarias para proteger a los jueces del control político, como exige el TJUE. El 10 de octubre de 2019, la Comisión remitió este caso al TJUE y el 14 de enero de 2020, la Comisión decidió solicitar al TJUE la imposición de medidas cautelares a Polonia, ordenándole que suspenda el funcionamiento de la Sala de Disciplina del Tribunal Supremo. El 8 de abril de 2020, el TJUE dictaminó que Polonia debe suspender inmediatamente la aplicación de las disposiciones nacionales sobre los poderes de la Sala de Disciplina del Tribunal Supremo con respecto a los casos disciplinarios relacionados con jueces, confirmando plenamente la posición de la Comisión.

El 15 de julio de 2021, el TJUE dictaminó en su sentencia en el asunto C-791/19 que el régimen disciplinario de los jueces en Polonia no es compatible con la legislación de la UE. El TJUE confirmó todas las reclamaciones presentadas por la Comisión. El régimen disciplinario polaco socava la independencia judicial de los jueces polacos y no garantiza las garantías necesarias para proteger a los jueces del control político.

De conformidad con el artículo 260 TFUE, apartado 1, si el TJUE determina que un Estado miembro ha incumplido una obligación en virtud del Tratado, el Estado está obligado a tomar las medidas necesarias para cumplir plenamente la sentencia del TJUE.




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