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  • En las compras por Internet, el usuario dispone de 14 días para arrepentirse, pero… no siempre es así. Hay que estar atento al tipo de artículo o servicio sobre el que se quiera ejercer el derecho de devolución.
  • reclamador.es explica qué dice la ley sobre las devoluciones en las compras a través de Internet.

reclamador.es comparte una guía para que los consumidores realicen sus compras durante el Black Friday conociendo sus derechos, principalmente en las transacciones online, ya que existen algunas que no se pueden devolver ni tampoco se puede recuperar el dinero.

En la actualidad se adquiere ya casi cualquier producto por Internet, desde la más avanzada tecnología hasta artículos de uso diario cotidiano y cada vez más productos frescos y de alimentación, explica la compañía online de servicios legales. Si bien, los consumidores deben estar atentos al tipo de artículo o servicio sobre el que quieren ejercer el derecho de devolución, porque existen compras online que no se pueden devolver ni tampoco se puede recuperar el dinero.

Derecho de desistimiento y excepciones

Así pues, a los internautas que se animan a realizar compras online en tiendas con sede en España o un país miembro de la UE, les protege el derecho de desistimiento. Un derecho que otorga la facultad al consumidor de dejar sin efecto un contrato celebrado a distancia en el plazo de 14 días naturales y sin necesidad de alegar causa alguna para ello. Pero hay excepciones, que vienen recogidas en el Artículo 103 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Las más destacadas, señala reclamador.es, son:

  • El derecho de desistimiento no será aplicable a los contratos para adquisición de artículos que sean confeccionados a medida, es decir, conforme a las especificaciones y personalizaciones fijadas por el consumidor. Por ejemplo, una camisa comprada a distancia, pero confeccionada a medida para el consumidor o, por ejemplo, álbum de fotos o artículos como tazas de desayuno compradas con la serigrafía enviada por el propio usuario.
  • Tampoco será aplicable el derecho de desistimiento a los contratos de adquisición de bienes que tengan una caducidad muy corta o que puedan deteriorarse con rapidez.
  • Desde mayo de 2022, se recoge que la prestación de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, y si el contrato impone al consumidor o usuario una obligación de pago, cuando la ejecución haya comenzado, con previo consentimiento expreso del consumidor o usuario y con el conocimiento por su parte de que, una vez que el empresario haya ejecutado íntegramente el contrato, habrá perdido su derecho de desistimiento. (Por ejemplo, la contratación online de reformas en casa).
  • Cuando el precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no pueda controlar y que puedan producirse durante el periodo de desistimiento. Esta excepción se aplica, entre otros, a los productos de inversión ofertados por plataformas digitales.
  • En los contratos de suministro de bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega. Esta excepción, sin embargo, ha sido moderada por nuestros Juzgados al detectar que se producían malas prácticas por parte de las empresas, al desprecintar por ellos mismos los enseres (sofás y colchones sobre todo) para impedir ese derecho.
  • En aquellos casos en los que después de su entrega y teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de forma indisociable con otros bienes.
  • El suministro de bebidas alcohólicas cuyo precio haya sido acordado en el momento de celebrar el contrato de venta y que no puedan ser entregadas antes de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado que el empresario no pueda controlar.
  • Los contratos en los que el consumidor y usuario haya solicitado específicamente al empresario que le visite para efectuar operaciones de reparación o mantenimiento urgente; pero si en esa visita, el empresario presta servicios adicionales a los solicitados específicamente por el consumidor o suministra bienes distintos de las piezas de recambio utilizadas necesariamente para efectuar las operaciones de mantenimiento o reparación, el derecho de desistimiento debe aplicarse a dichos servicios o bienes adicionales.
  • El suministro de grabaciones sonoras o de vídeo precintadas o de programas informáticos precintados que hayan sido desprecintados por el consumidor y usuario después de la entrega.
  • Otra excepción del derecho de desistimiento se da en los contratos de suministro de prensa diaria, publicaciones periódicas o revistas, con la excepción de los contratos de suscripción para el suministro de tales publicaciones.
  • Los contratos celebrados mediante subastas públicas.
  • Contratos de servicios de alojamiento para fines distintos del de servir de vivienda, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comida o servicios relacionados con actividades de esparcimiento, si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos.

En el resto de contratos celebrados a distancia, se aplica el derecho de desistimiento y se pueden devolver

Por último, reclamador.es señala que en las compras online que no estén dentro de estas excepciones, el usuario tendrá derecho a ejercer su derecho de desistimiento en un plazo que no puede ser inferior a 14 días naturales, bien desde que se recibe el bien o bien desde el inicio del contrato en caso que este sea de prestación de servicios. Y no puede ser inferior a 14 días naturales, aclara la legaltech, porque es el mínimo recogido por la normativa legal vigente, pero las empresas pueden ampliar este periodo en el que se pueda ejercer el derecho de desistimiento y siempre manteniendo los mismos derechos del consumidor. En aquellos contratos en los que no se indique expresamente el plazo de desistimiento, el mismo pasa a ser automáticamente de un año.




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