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#Actualizado 27 mayo 2019. Publicado 9 marzo 2018. 

Es probable que desconozcas qué es el derecho al olvido: se trata de un concepto relacionado con la protección de datos personales, el derecho al honor, a la intimidad, y a la imagen. 

De manera más clara, se puede identificar con el derecho que tiene una persona a no aparecer en Internet ni en sus buscadores. Sin embargo, este derecho puede en ocasiones colisionar con la libertad de expresión o información. 

 

El Derecho al Olvido fue reconocido hace cinco años por el Tribunal de Justicia Europea. Es un derecho que podemos ejercer alegando la necesidad de la retirada de esa información por ser inadecuada u obsoleta. Con el actual Reglamento Europeo de Protección de Datos se establecen las directrices de cómo aplicarlo, una vez puestas las bases de su reconocimiento y aplicación tras la sentencia del referido Tribunal. 

La normativa establece que el responsable del tratamiento de los datos personales deberá actuar y poner los medios a su disposición para, en caso de que el ciudadano exija la supresión de enlaces, eliminarlos “sin dilación indebida”. 

El derecho al olvido puede ejercerse ante el responsable del tratamiento de los datos personales del interesado, ante los buscadores de Internet, como Google, Yahoo y ante la AEPD. En los últimos cinco años, Google ha recibido en España alrededor de 80.000 solicitudes para eliminar más de tres millones de direcciones de su motor de búsqueda, provenientes de personas que deseaban ejercer su derecho al olvido y a borrar su huella digital.

 De todas estas solicitudes, se eliminaron el 44,6% de las urls. En Europa, las peticiones de los últimos cinco años para borrar páginas en Google fueron más de 800.000.

¿Quién puede ejercer este derecho?

El derecho a la supresión de datos, o derecho al olvido, como cualquier otro derecho en materia de protección de datos, es un derecho cuyo ejercicio es personalísimo, esto decir, solo puede ser ejercido por el titular de los mismos

Cualquier persona física puede solicitar que se elimine su información de Internet. Sin embargo, en determinados casos, si se trata de información de interés público o no obsoleta no se podrá retirar la información, ya que según la persona que lo solicite en determinados casos por su trabajo o profesión habrá perdido esa parcela “privada” que le da derecho y le permite exigir la retirada de información, ya que el ser alguien público choca con el derecho a la información que tienen por ejemplo los medios de comunicación.

 

 

¿Qué tipo de información podemos pedir que desaparezca?

Cualquier tipo de información que nos pueda identificar como datos personales, o cualquier contenido que uno no desee que se mantenga en la red, o simplemente que consideremos que se haya quedado obsoleto.

Google, Bing, Yahoo o cualquier otro buscador lo que hace es recopilar información de páginas web ya que son ellas las que alojan el contenido, y facilita que la gente pueda acceder a esos contenidos. 

Por este motivo hay que pedir la retirada de los contenidos no solo a Google sino a aquella página que los ha publicado; el alojador de los contenidos, si admite la solicitud, puede retirarlos o desindexarlos (herramienta que sirve para que los buscadores no localicen la información que se desea que sea olvidada).

¿Dónde y con qué documentación solicitamos la retirada de información?

El derecho al olvido puede ejercitarse ante el responsable del tratamiento de los datos personales del interesado, incluyendo los motores de búsqueda en Internet (como Google o Yahoo, entre otros, y ante la Agencia Española de Protección de Datos. El RGPD exige a estos responsables que proporcionen a los ciudadanos la información necesaria sobre cómo pueden ejercitar sus derechos a través de un canal sencillo y gratuito para ello.

Si la información se puede eliminar, ¿cuánto tarda en desaparecer de la red?

Toda solicitud deberá obtener respuesta en el plazo de un mes desde que se recibe la solicitud, pudiendo ampliarse si la petición es compleja o se tienen que realizar un gran número de solicitudes en el mismo periodo. 

En este caso siempre, se deberá informar al usuario de las causas del retraso en la respuesta.

 

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