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RICARDO BERMEJO, PROPIETARIO DE KUKUXUMUSU

El conflicto entre Mikel Urmeneta y Ricardo Bermejo (Director General de Kukuxumusu) se está convirtiendo en un auténtico culebrón judicial con un rosario de sentencias que terminan condenando al dibujante pamplonés.

Este medio ha tenido acceso a una nueva sentencia de 30 de mayo emitida por Dª Ana Ávila Hierro, jueza en funciones de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia de Aoiz, en la que condena a Mikel Urmeneta por intromisión ilégitima en el derecho al honor y a la propia imagen de Ricardo Bermejo, condenando al cese inmediato de dicha intromisión a través de todos los medios y canales, a abstenerse de emitir expresiones y valoraciones en los mismos o semejantes términos de los calificados como intromisión ilegítima, a indemnizar con 15.000€ por los daños y perjuicios ocasionados y a publicar el fallo de la sentencia en su perfil personal de Twitter @MikelUrmeneta, en la cadena de televisión Nafar Televista, Onda Cero Radio Pamplona, en el blog loquecomadonmanuel.com y en los periódicos digitales www.elperiodico.com y www.navarra.com

La jueza recoge, en las catorce páginas de la sentencia, la doctrina del Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la intromisión ilegítima al derecho al honor y a la propia imagen y coincidiendo con lo indicado por el Ministerio Fiscal en su informe, concilie que “algunas de las expresiones proferidas por el Sr. Urmeneta en los diferentes medios de comunicación constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor del Sr. Bermejo. Y ello es así porque sobrepasan la mera crítica, entrando en expresiones ofensivas que pretenden denigrar su consideración o prestigio profesional, sin conexión legítima con dicha crítica, llegando al insulto”.

Posteriormente la jueza se refiere a unas caricaturas publicadas en twitter en las que comparaba a Ricardo Bermejo con el Bufón D. Sebastián de Morra del cuadro de Velázquez. “Examinando las citadas caricaturas debe concluirse -señala la sentencia- que el animus iocandi se utiliza como instrumento del escarnio, sin interés público alguno constitucionalmente defendible, por lo que exceden del amparo que ofrece el ejercicio legítimo de la libertad de expresión, siendo creadas con la específica intención de denigrar al actor, vulnerando no solo su derecho a la propia imagen (al publicar con anterioridad la fotografía real del Sr. Bermejo sin su consentimiento), sino también su derecho al honor, sirviéndose el demandado de expresiones inequívocamente vejatorias”.

Las mismas consideraciones mantiene la jueza respecto de las manifestaciones vertidas por Mikel Urmeneta sobre Ricardo Bermejo, en diferentes medios, sobre el trabajo que éste desempeño en la Caja de Ahorros de Navarra. “En este caso se considera claro que se ha traspasado el límite permitido para el ejercicio legítimo de la libertad de expresión -reitera la sentencia-, considerando excesivas las referencias del demandado emitidas por despecho y venganza a la condición del demandante como “enchufado” de la CAN, que solo responden a una voluntad de dañar el honor y la consideración profesional del Sr. Bermejo, no teniendo relación alguna con 11 las ideas u opiniones que se exponen en las entrevistas, alejándose así de la intención de criticar la gestión del demandante al frente de Kukuxumusu”.

La sentencia no es firme y cabe recurso contra ella. ¿seguirá el culebrón?




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