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El Juzgado de lo Social nº 11 de Málaga ha suspendido cautelarmente los efectos de un alta médica de una paciente con depresión hasta que se celebre el pleito principal por impugnación de alta médica.

Además ha estimado su derecho a continuar en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. “Ni la intervención farmacológica ni la psicológica han generado suficiente mejoría clínica como para considerar una recuperación funcional y laboral a corto plazo”, dice el auto.

La afectada se encontraba en una situación de baja médica “por trastorno depresivo mayor, episodio único, leve” y fue dada de alta por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Servicio Andaluz de Salud en septiembre de 2023.

La demandante presentó como prueba un informe clínico de consulta del mismo mes de septiembre en el que se recoge como juicio clínico su incapacidad para trabajar “Padece un trastorno depresivo recurrente, episodio actual moderado grave, con tratamiento médico y psicoterapia grupal”, dice el abogado Francisco Rosa, que ha conseguido la resolución.

“Los jueces nunca conceden la medida cautelar de suspender los efectos del alta, porque dicen que es entrar en el fondo”, afirma Rosa.  “El trabajador estaba en una posición muy perjudicial y se ha visto obligado a acudir a un procedimiento judicial que puede tardar meses, para no reincorporarse al trabajo o ser despedido disciplinariamente por faltas injustificadas”, manifiesta.

“Se trata de un acoso laboral, en el cual la trabajadora tenía riesgo de suicidio, por lo que no podía reincorporarse. Por lo tanto, es una solución importante para poder paliar el retraso de los juzgados, hasta que se pueda entrar en el fondo del asunto”, añade el letrado.




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