Carpeta de justicia

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La crisis económica siempre supone la existencia de problemas económicos en las empresas, una situación que conlleva situaciones complejas en las que las empresas son más vulnerables a cometer fraudes fiscales, falseamientos contables y fiscales, delitos contra la seguridad social, impago de cotizaciones sociales, insolvencias punibles… y en el que las relaciones entre los socios pueden llevar a tensiones, engaños y a abusos en función de la posición que tengan unos y otros.

En cualquier caso, siempre es conveniente contar con la experiencia y el asesoramiento de un despacho penal en Madrid o en cualquier otra ciudad de España, que ante cualquiera de los supuestos mencionados pueda ofrecer un servicio especializado para enfocar y articular los procedimientos correspondientes.

Como comentamos, las situaciones de fraude empresarial pueden darse tanto por el personal propio de la empresa como por personas ajenas, que pueden tener cómplices en el seno de la compañía. Por ello, es importante concienciar a los empleados de las responsabilidades que pueden tener la realización de acciones que pueden ser consideradas como delitos.

Además, es conveniente que las empresas establezcan políticas de compliance, con la activación de protocolos de control y prevención, contando siempre con el asesoramiento experto que ayude a que las medidas preventivas resulten eficaces. Junto a todo esto, realizar inversiones en seguridad informática ayudará a poder identificar situaciones de riesgos y a establecer las oportunas correcciones.

Las estafas y la administración desleal son otros de los delitos que abundan en el ámbito societario. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Por su parte, cometen delito de administración desleal los que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado.

Hay que tener especial atención, en momentos de crisis, con el delito de blanqueo de capitales. Además de la regulación del código penal, la normativa europea e internacional es cada vez más estricta en el control y prevención de este tipo de actividades. Este delito consiste en adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes para ocultar o encubrir su origen ilícito a sabiendas de que tienen su origen en una actividad delictiva. Cuando los bienes proceden de delitos como el tráfico de drogas, cohecho, malversación, fraudes y exacciones ilegales, delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo, tráfico de influencias, negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios se aplica el tipo agravado. El código penal señala que el delito se puede cometer tanto cuando se realiza con dolo (con intención y conocimiento) o como cuando se comete por imprudencia grave, es decir, una infracción del deber de cuidado.

Por último, vamos a destacar otro tipo de delitos como es cohecho, es decir, el soborno a una autoridad o funcionario público mediante un precio, una dádiva o un favor a cambio de realizar u omitir un acto inherente a su cargo, y también cuando retrasa injustificadamente un acto que debe practicar.

Es un delito doloso en el que no cabe la comisión por imprudencia. Estamos en el ámbito de lo que conocemos como lucha contra la corrupción en la que existe una parte activa, la que ofrece el beneficio y otra pasiva, la que acepta la dádiva.

Son muchas las empresas que ya están siendo acusadas por delitos cometidos por sus empleados, directivos o administradores. El código penal incluyó en su regulación la responsabilidad penal de la persona jurídica, siendo una de las sanciones más graves la disolución de las empresas imputadas.

Por ello, las empresas deben llevar políticas activas de prevención para evitar la comisión de cualquiera de estos delitos en el marco su organización, por los que es necesario contar con el asesoramiento de abogados especialistas en compliance, derecho penal económico y en delitos societarios. Y en el caso, de que hayan cometido algunos de estos delitos es más que necesario contar con la defensa jurídica experta.




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