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  • La Sala le impone una multa de 1.080 euros y le obliga a indemnizar con más de 109.000 euros a los perjudicados
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estafa y a seis meses de cárcel por un delito de hurto a un mayorista del sector de la fruta que engañó a diez agricultores en operaciones de compraventa de cosechas y se quedó con 220 cajones de plástico de uno de los perjudicados.

La sentencia, fruto de un acuerdo de conformidad entre el Ministerio Fiscal y la defensa del penado, también le impone el pago de una multa de 1.080 euros y le obliga a indemnizar con un total de más de 109.000 euros a las víctimas. Durante la celebración del juicio oral, el pasado 16 de marzo, el ahora condenado se comprometió a hacer frente a esta indemnización en el plazo de cuatro años, a razón de 2.275 euros al mes.
Las estafas ocurrieron durante la campaña de recolección de cítricos y frutas 2017 y 2018 cuando el acusado, gerente de una empresa dedicada a la comercialización al por mayor de frutas y verduras, concertó directamente con una decena de agricultores la compra de sus cosechas de naranjas y otras frutas mediante contratos verbales.
Tras esos acuerdos, el hombre anticipaba en metálico a los labradores una pequeña cantidad del dinero acordado y comenzaba a recolectar los productos, naranjas, mandarinas, melocotones, ciruelos y albaricoques, directamente del campo.

A continuación, vendía esa mercancía en el Mercado de Abastos de Valencia, en la zona habilitada para la venta directa por los agricultores conocida como la ‘Tira de contar’.

El condenado se quedó con el dinero obtenido con esas ventas y nunca llegó a pagar a los productores los importes íntegros de las cosechas, como se había comprometido con las víctimas. El total del dinero estafado a los diez labradores superó los 109.000 euros.

A uno de ellos, que le había permitido el uso de un almacén que tenía en su finca, en la localidad de Rafelguaraf, para guardar las frutas, le sustrajo 220 cajones de plástico de los usados para la recolección de cítricos, valorados en 1.620 euros. La sentencia dictada por la Audiencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.




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