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  • El tribunal considera que no ha quedado debidamente acreditada la falsedad del testamento ológrafo, documento sobre el que se cuestionaba su autenticidad
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La Audiencia provincial de Zaragoza ha absuelto a Federico R. P. del delito de falsedad y del delito de estafa procesal, en grado de tentativa y a los acusados, María Luisa G. M., José Luis B. M. y Agustín G. G. del delito de falso testimonio. Los hechos juzgados se centraban en la autenticidad el testamento ológrafo realizado por la madre de Federico R. P..

Sobre la principal cuestión a dilucidar, la autenticidad del testamento ológrafo, el tribunal considera que no ha quedado debidamente acreditada su falsedad. Si consideran acreditado sin embargo que la letra y firma del testamento no es del acusado Federico R. P. y que no consta tampoco “debidamente acreditado” el hecho de que el testamento fuera realizado por su hermano incapaz, Francisco siguiendo sus instrucciones.

En la sentencia señalan los magistrados que Francisco, posible autor material del documento, “no ha sido explorado en declaración, asistido de su tutor, ni hay informe que avale que es capaz de un copiado o de hacer frases coherentes”. Por lo que estiman que “la prueba de cargo practicada no es suficiente para desvirtuar el citado principio de Presunción de Inocencia” y por ello absuelven a los acusados de los delitos que se les imputan.

La sentencia dictada considera probado que en 1993 los padres de Federico (Francisco y Concepción de vecindad civil aragonesa) testaron ante notario y legaron a su hijo Federico un millón de pesetas en pago de su legítima foral e instituyeron herederos de todos sus bienes, derechos y acciones por partes iguales a sus hijos Francisco y Concepción.

En ese testamento se indicaba también que al fallecimiento del último de ellos, sus hijos Francisco y Concepción (ambos declarados incapaces) fueran internados en una institución donde les pudieran cuidar, destinándose los bienes heredados a tal finalidad.

Tras el fallecimiento de la madre, y tras denegarse a Federico la solicitud de ser nombrado tutor de sus hermanos incapaces, éste presenta en un juzgado de Primera Instancia de Zaragoza un testamento ológrafo que afirmaba fue otorgado y firmado por su madre en 2009. En dicho testamento ológrafo se le nombraba heredero, revocando cualquier disposición anterior. Ante el juez de Primera Instancia, los hasta ahora acusados, María Luisa, José Luis y Agustín declaran como testigos que el testamento ológrafo presentado había sido redactado por Concepción de su puño y letra y en su presencia.

El Juzgado de Primera Instancia denegó la protocolización del testamento ológrafo por no estimar acreditada la autoría del mismo y acordó, en su resolución, deducir testimonio para averiguar si hubieran podido cometerse posibles delitos lo que ha motivado la celebración de este juicio en la Audiencia Provincial de Zaragoza.




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