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El Consorci Palau de la Música ha recibido 2.419.301,97 euros, la Fundació Orfeó Català 2.517.307,77 euros y la Associació Orfeó Català 974.441,30 euros. Quedan pendientes de subastar un total de 56 inmuebles embargados definitivamente a los condenados Fèlix M., Jordi M., Gemma M. y CDC para pagar a las entidades perjudicadas, incluida la Hacienda Pública

La sección 10 de la Audiencia de Barcelona, dentro de la fase de ejecución de la sentencia del conocido como caso Palau de la Música, desde la firmeza de la sentencia, trabaja de manera constante para que los perjudicados puedan cobrar las cantidades fijadas en la resolución, en la recuperación de bienes de los condenados.

En este momento, los condenamos por el caso Palau de la Música han consignado 9.239.404,81 euros. Esta cantidad tiene su origen en las consignaciones a las que fueron obligados en fase de instrucción y en la venta de bienes inmuebles que se han realizado por orden del tribunal de la sección 10ª de la Audiencia de Barcelona. Los 9 millones se han distribuido entre los perjudicados, dando prioridad a las entidades vinculadas al Palau de la Música, de la siguiente forma: el Consorci Palau de la Música ha recibido 2.419.301,97 euros, la Fundació Orfeó Català 2.517.307,77 euros y la Associació Orfeó Català 974.441,30 euros.

En este momento, quedan pendientes más de 3 millones de euros que ya están a disposición para entregar a las entidades perjudicadas, incluida la Hacienda Pública, una vez se resuelvan los recursos presentados contra la diligencia en la que se establecen las proporciones para cada entidad.

También queda pendiente la valoración actualizada y tasación para salir a subasta de 56 inmuebles embargados definitivamente a los condenados Félix M. (22 inmuebles), Jordi M. (5 inmuebles) y Gemma M. (6 inmuebles). Además de los decomisados, también de manera definitiva, a Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) que son un total de 23. La subasta de estos 56 inmuebles servirá para completar el abono de las responsabilidades civiles incluidas en la condena. Además de cuadros, joyas y otros efectos de valor de su propiedad.

Por otra parte, la sala responde al recurso presentado por estas tres entidades que solicitaban recibir un pago de los bienes decomisados a CDC, al entender que se trataba de pagos para cubrir las responsabilidades civiles. Los magistrados estiman esta petición dado que en la sentencia no hay un pronunciamiento expreso sobre la destinación de aquello decomisado y por este motivo, se aclara en esta fase de ejecución. Aunque la sala considera que las tres entidades demandantes no son directamente perjudicadas por los delitos de tráfico de influencias cometidos por los dos principales acusados (Fèlix M.y Jordi M.sí que lo son por el resto de delitos cometidos y juzgados en unidad de actuaciones.

Según consta en la resolución: “Debemos por la vía de la ejecución de la sentencia resolver el destino del comiso de bienes de CDC, partiendo de una consideración jurídica irrefutable, cual es que la FUNDACIO PROVADA- ORFEÓ CATALÀ-PALAU DE LA MÚSICA CATALANA I ASSCOACIÓ ORFEÓ CATALÀ, el CONSORCI DEL PALAU DE LA MÚSICA y la HACIENDA PÚBLICA- como entidades perjudicadas por otros delitos cometidos por Fèlix M. y Jordi M.-no son directamente perjudicadas por el delito de tráfico de influencias pero sí lo son por otros delitos que han sido juzgados en un único procedimiento y resueltos en una única sentencia-al no haberse realizado en su día piezas de enjuiciamiento por separado-. En el juicio se juzgó toda la actividad delictiva realizada por ambos acusados-además de otros-realizada siendo los máximos directivos del Palau de la Música y, a través de esta institución.”

Por este motivo, el tribunal establece que el decomiso de bienes de CDC (un importe total de 6.676.105,58 euros) se destinará, en primer lugar, al pago de las responsabilidades civiles de las entidades perjudicadas del Palau de la Música y la Hacienda Pública y el resto se destinará al Estado.

El juicio por el conocido como caso Palau de la Música se celebró en vista pública durante unas cincuenta sesiones y el tribunal de la sección 10ª de la Audiencia de Barcelona dictó sentencia en enero de 2018 imponiendo penas de entre los 8 meses y los 9 años y 8 meses de prisión. La sentencia también condenaba por responsabilidades civiles a abonar distintas cantidades económicas y desde su firmeza se avanza en el pago de las mismas a las entidades perjudicadas.




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