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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha amparado a un funcionario de Correos en Barcelona al que obligaron a repartir en furgoneta cuando siempre había desempeñado su trabajo en moto.

El repartidor se negó a realizar dicho cambio ya que llevaba 26 años sin conducir vehículos de cuatro ruedas. Por ello Correos lo sancionó por desobediencia como “autor de una falta disciplinaria grave, a corregir con suspensión de funciones durante cinco días”, tal y como se detalla en la sentencia.

Para Jesús Beltrán Bernal, letrado que ha llevado el caso, “esta sentencia enfrenta dos bienes jurídicos en conflicto, la obediencia de un funcionario público y la prevención de riesgos laborales”.

“La empresa le cambia de vehículo sin preparación adecuada, pese a que las furgonetas de reparto tienen una mayor siniestralidad y una visibilidad más reducida, vulnerando así el artículo 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales”, detalla Beltrán.

De esta manera, se anula la resolución dictada en 2018 por el subdirector de gestión, organización y desarrollo de personas de Correos, empresa que “deberá abonar el salario dejado de percibir en ese período en el que la prestación de servicios estuvo suspendida” puntualiza el abogado.

La sentencia todavía no es firme, contra la misma cabe recurso de casación ante dicha sala.




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