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El socio y director de Derecho de la Competencia de la firma Lupicinio International Law Firm, Ángel Valdés, participó ayer en el Congreso Nacional de Compliance Officers, una de las mayores citas del sector, donde destacó cómo las empresas y asociaciones de empresas pueden y deben identificar los riesgos de incumplimiento de la normativa de competencia.

Durante su ponencia, hizo hincapié en que cualquier entidad que ejerza una actividad económica en un mercado determinado comercializando bienes o prestando servicios debe cumplir con la normativa existente en materia de competencia. Tal y como recalcó el experto, éste es uno de los ámbitos que no pueden obviar las empresas o sus directivos.

“Debemos tener en cuenta que no todos los representantes  directivos o empleados de una empresa o de una asociación empresarial son expertos en derecho de la competencia. Por tanto, el desconocimiento les puede llevar fácilmente a infracciones”, explicó el socio del bufete. Asimismo, la presión por mejorar los resultados de la empresa puede generar conductas y políticas arriesgadas.

Por ese motivo, los programas de cumplimiento de la normativa de competencia cobran mayor relevancia al permitir detectar comportamientos anticompetitivos que, a veces las empresas pudieran estar realizando sin  haber valorado ese riesgo.

Incumplir la normativa sobre competencia puede conllevar multas a la empresa de hasta el 10% de su volumen de negocios, o a sus directivos de hasta 60.000 euros. El experto en Competencia instó  a que la empresa adopte una serie de procedimientos, políticas y procesos de compliance, con el fin de minimizar el posible impacto de los mismos.

En este sentido, Valdés enfatizó que los programas de cumplimiento, además de incluir códigos de conducta y formación específica para sus empleados, deberían incorporar unos mecanismos eficaces para la identificación, gestión y control del riesgo, sistema de alertas y canal de denuncias. “Si somos susceptibles de estar en una posición de dominio, debemos disponer de políticas para poder detectar esos posibles abusos en el mercado”.

Por último, advirtió que la falta de documentación en las compañías, las reuniones de trabajo en lugares no justificados o intercambiar cualquier tipo de información comercial sensible que ayude a eliminar la incertidumbre sobre el  comportamiento de un competidor puede infringir la competencia.




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