Carpeta de justicia

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Pongamos un claro ejemplo que se está dando en esta situación de pandemia por el coronavirus y que se puede dar una vez la actividad económica y laboral se empiece a reactivar en los diferentes sectores: Un peluquero que trabaja para una empresa que su principal actividad es acudir a domicilios particulares. ¿Puede negarse el trabajador a acudir a uno de esos domicilios porque una vez allí no se dan las condiciones de salubridad adecuadas? ¿Pueden despedir a un trabajador por negarse a realizar un trabajo a domicilio si no se cumplen las medidas sanitarias? 

A continuación damos respuesta a estas dudas que empiezan a surgir entre los trabajadores.

Aunque las órdenes del empresario gozan de presunción de legalidad y su incumplimiento puede dar lugar a sanción, su poder de dirección tiene límites, y entre ellos se encuentran las que pueden afectar a la salud del trabajador y que de cumplirse pueden suponer un problema para la salud o integridad física.

Acreditar la insalubridad en la zona de trabajo

En estos casos el problema será acreditar dicha insalubridad, puesto que el trabajador se encuentra en un domicilio ajeno, y necesitará autorización para tomar fotografías por ejemplo para servirse de ellas a la hora de justificar su negativa.

Lógicamente, va a ser muy raro que se le dé ese permiso, por lo que si el empresario insiste en que preste el servicio, la única opción que le queda es denunciar estos hechos (pues podríamos encontrarnos desde un incumplimiento de las obligaciones del empresario en el ámbito laboral hasta un delito contra los trabajadores) para que se investigue la existencia de tales condiciones de insalubridad. 

La empresa está obligada a garantizar la salud laboral de sus trabajadores

Precisamente, tenemos que recordar que en cualquier caso, y a pesar de que el trabajo se preste a domicilio, el empresario sigue siendo el obligado a garantizar la salud laboral de sus empleados, lo que quiere decir que tiene que ajustar sus medidas de prevención a cada una de las órdenes que el Ministerio de Sanidad vaya publicando en relación a las medidas de seguridad, salud e higiene conforme a las fases que se vayan sucediendo.

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