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Por cuarto año consecutivo la Jornada Societario Concursal reúne, según los organizadores, a 80 abogados, empresarios y economistas que asistieron al Hotel Spa Porta Maris con el objetivo de actualizar sus conocimientos en materia de derecho concursal y societario de la mano de más de diez magistrados de Juzgados Mercantiles y Audiencias Provinciales de toda España repartidos en cinco ponencias convocadas por el Colegio de Abogados de Alicante .

La primera ponencia del simposio, compuesta por el juez del Mercantil nº1 de Alicante, el letrado de la Administración de Justicia Díaz Revorio y Paula Herrero, Directora Adjunta de eactivos.com, trató sobre la liquidación de los activos en los concursos de acreedores donde, como recordaron los ponentes, “más del 90% de los concursos acaba en liquidación”. El letrado Díaz indicó que “la liquidación de los activos no es la peor de las soluciones sino, en la práctica, la más habitual, y el Plan de Liquidación la guiará” y recomendó que, “cuando la naturaleza de los bienes así lo aconseje, estará justificada la asistencia a una entidad especializada.”

Por su parte, Herrero explicó que las entidades especializadas en liquidación online gozan de una cobertura legal que protege su utilización en el concurso, tal y como demuestran las sentencias favorables emitidas por las Salas de las Audiencias Provinciales especialistas en mercantil de Madrid, Barcelona, Valencia, Castellón, Sevilla, Huelva, Córdoba o Málaga, y justificó su uso por parte de los Administradores concursales mediante la aportación de resultados en las subastas online gestionadas, en este caso, por la plataforma eactivos.com, los cuales confirman el éxito de estas plataformas expertas conocedoras del mercado de compra-venta mediante subasta online.

El magistrado alicantino, Leandro Blanco, finalizó la primera ponencia de la jornada recordando que “el plan de liquidación de una empresa concursada es aprobado por Auto del Juzgado, eso no significa que lo establecido en él es definitivo” y ahondó que “no es una norma cerrada que se ha de respetar sin más”, argumentado al respecto que el Tribunal Supremo ha resuelto que la aprobación del plan de liquidación “no produce efecto de cosa juzgada”, es decir, podría modificarse.

La Ley de Segunda Oportunidad desde el punto de vista de las pymes

La segunda ponencia versó sobre la Ley de Segunda Oportunidad, legislación en vigor desde 2015 que regula la exoneración de deudas a pymes y particulares. Tres magistrados de los Juzgados Mercantiles 1 y 2 de Alicante y del 3 de Palma Mallorca fueron los encargados de la ponencia, quienes debatieron intensamente sobre la interpretación de la Ley, centrándose en la exoneración del pasivo en el caso de las sociedades y los requisitos, leyes y directivas europeas que deben cumplir para acogerse a las ventajas que ofrece dicha Ley.

La tarde del jueves deparó dos ponencias más que versaron sobre problemas de índole laboral en el concurso de acreedores y las soluciones prácticas que se puede llevar a cabo, exposición a cargo del magistrado del Juzgado de lo Social nº3 de Alicante, así como de los Juzgados Mercantiles 1 y 2 de Tarragona y La Palmas, respectivamente.

El punto final a la cuarta jornada sobre derecho mercantil y societario de Alicante fue la ponencia sobre los problemas procesales que suscita el cártel de camiones. Los magistrados del Mercantil 2 de Valencia y 4 de Madrid, junto con su homólogo especialista en asuntos de lo Mercantil en la Audiencia Provincial de Alicante pusieron en común sus experiencias hasta bien entrada las ocho de la tarde, dando por finalizada la sesión formativa a los profesionales del sector.




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