Carpeta de justicia

LawAndTrends



El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Las Palmas ha emitido una contundente resolución a favor de un pensionista residente en Las Palmas de Gran Canaria, representado por Unive Abogados, quien logró recuperar la suma de 4.319,86€ en concepto de complemento por maternidad en su pensión. Este hito legal se fundamenta en la aplicación del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) y fue ratificado por el TSJ de Las Palmas de Gran Canaria.

La sentencia, emitida recientemente, establece que el demandante tiene derecho a percibir el complemento de maternidad en su pensión con efectos retroactivos desde el 28 de julio de 2018, fecha en la que inició la percepción de la pensión. A pesar de los argumentos presentados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que defendió la limitación de la retroactividad a 3 meses según el artículo 53 de la LGSS, este argumento fue desestimado por completo por el TSJ de Las Palmas, respaldado por la doctrina del Tribunal Supremo.

La suma recuperada, aproximadamente 4.319,86€, corresponde a la retroactividad total calculada desde el inicio de la pensión hasta la fecha de efectos determinada por la sentencia del tribunal de primera instancia. Esta victoria implica una revalorización vitalicia de la pensión al 5%, ya que el pensionista es padre de dos hijos.

José Eduardo Marrero, director de la sede de Unive Abogados Canarias, destacó la importancia de esta sentencia al afirmar que "no solo representa un triunfo legal, sino un paso fundamental para todos aquellos que luchan por el reconocimiento de este derecho en sus pensiones". Además, Marrero subrayó que "actualmente, la presentación de reclamaciones es esencial para aquellos individuos que buscan obtener legítimamente el complemento".

Marrero también señaló que el Tribunal Supremo ha emitido un fallo que otorga a todo pensionista el derecho a recibir una indemnización adicional de 1.800€. Este resarcimiento tiene como objetivo reparar los perjuicios sufridos debido a la discriminación por razón de género, abriendo así una ventana propicia para iniciar reclamaciones en este momento.

Es crucial destacar que las reclamaciones pueden presentarse cumpliendo ciertos requisitos, como haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, así como ser padres de dos o más hijos. Desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar en conflicto con la legislación europea de nuevo, al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, sin importar si son padres de uno o más hijos, abriendo así la posibilidad de presentar reclamaciones.




No hay comentarios.


Hacer un comentario

He leido y acepto los términos legales y la política de privacidad