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Un jubilado residente en Málaga y cliente de Unive Abogados ha obtenido un destacado resultado en su empeño por hacer valer su derecho al complemento de maternidad, conforme al artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La resolución emanada del Juzgado Social nº11 de Málaga ha reconocido, finalmente, el derecho del demandante a percibir el complemento de maternidad en su pensión, con efecto retroactivo desde la fecha en que comenzó a disfrutar de esta prestación, el 4 de septiembre de 2016. 

La tramitación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) no se desarrolló sin dificultades, dado que se arguyó prescripción, argumentando que había transcurrido un plazo de más de 5 años desde el inicio de la pensión. Sin embargo, este argumento fue rechazado por el tribunal, que estableció que el plazo de prescripción se iniciaba a partir de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El beneficiario obtendrá un importe cercano a los 19.935,74€, correspondiente a la retroactividad total, calculada desde el momento de acceso a la pensión hasta la fecha de efectos estipulada en la sentencia del tribunal de primera instancia. Esto se traduce en una revalorización vitalicia de la pensión al 7,5%, resultado de limitar al 50% por superar la pensión máxima, el 15% de complemento que le corresponde debido a su condición de progenitor de 4 hijos.

Pedro Antonio Cabello, director de la sede de Unive Abogados en Málaga, manifestó que "esta sentencia representa un importante hito para todas aquellas personas que luchan por la defensa de sus derechos legales". Asimismo, subrayó que "actualmente, solo aquellos individuos que presentan reclamaciones tienen reales posibilidades de recibir el complemento".

Esta resolución llega en un contexto donde el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido en una reciente sentencia que los padres tienen derecho a una compensación adicional después de verse forzados a solicitar el complemento de maternidad en su pensión. Esta compensación debe abarcar los gastos legales y los honorarios de sus abogados.

Es esencial tener presente que, para solicitar el reconocimiento del complemento de maternidad en el contexto de las pensiones contributivas de jubilación ordinaria, jubilación anticipada forzosa, viudedad o incapacidad permanente, es requisito haber comenzado a recibir dicha prestación entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Cabe destacar, igualmente, que para los hombres que inicien el cobro de una pensión contributiva a partir de febrero de 2021, podría producirse una posible infracción de la normativa europea, dado que esta disposición dificulta injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres a partir del 4 de febrero de 2021, independientemente de si son padres de uno o más hijos.




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