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En un resonante caso legal, un jubilado de Lleida ha obtenido un reconocimiento significativo de sus derechos y una compensación económica de casi 11.000€ por el complemento de maternidad en su pensión de jubilación. Representado por Unive Abogados, el demandante ha logrado que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña confirme su derecho al complemento de maternidad conforme al artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), con efectos retroactivos desde su fecha de acceso a la jubilación el 3 de noviembre de 2016.

Antecedentes del Caso

El actor reclamó inicialmente el complemento de maternidad a su pensión de jubilación en un 5%, desde la fecha de acceso a la jubilación, con las revalorizaciones correspondientes. La sentencia de primera instancia estimó la demanda de manera íntegra, reconociendo el derecho del demandante a recibir el complemento desde la fecha mencionada.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) interpuso un recurso de suplicación, alegando la prescripción del derecho al complemento, basándose en el artículo 53.1 en relación con el artículo 60.6 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Sin embargo, el TSJ de Cataluña desestimó íntegramente el recurso de suplicación, apoyándose en la Sentencia del Tribunal Supremo 322/2024, de 21 de febrero, que establece que el complemento de maternidad no prescribe. La sentencia del TSJ confirmó la sentencia recurrida y se dictó sin imposición de costas.

El cliente recuperó atrasos por un total aproximado de 10.718€, desde la fecha de acceso a la jubilación hasta la sentencia de instancia en julio de 2023. Esta victoria legal no solo implica una compensación económica significativa, sino también una revalorización vitalicia del 5% en su pensión, dado que tiene dos hijos.

Cristian Palacios, director de Unive Abogados Barcelona y responsable de la gestión del caso, ha destacado esta sentencia como un logro histórico para aquellos que buscan proteger sus derechos. Palacios enfatizó la relevancia de la reciente doctrina europea y la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la aplicación de estos derechos. Además, resaltó que solo aquellos que toman la iniciativa de presentar reclamaciones tienen verdaderas posibilidades de obtener tanto el complemento como una indemnización por discriminación.


Requisitos para la reclamación

Es crucial resaltar que es posible presentar una reclamación cumpliendo con los requisitos para solicitar el complemento por maternidad, que incluyen haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, además de ser padres de dos o más hijos. Desde febrero de 2021, la normativa vigente podría estar infringiendo la legislación europea al dificultar injustificadamente el acceso al complemento para todos los hombres, independientemente de si son padres de uno o más hijos, lo que abre la posibilidad de presentar una reclamación.




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