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El Juzgado de lo Social número 2 de León ha fallado a favor de un pensionista que demandó al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social su derecho a percibir el complemento por maternidad por haber tenido tres hijos, lo que supone un aumento del 10% en la cuantía que recibe en su pensión y de manera retroactiva desde el inicio de su periodo de jubilación.  

Se trata de una sentencia que sienta un precedente relevante para este tipo de casos, ya que hasta ahora solamente tenían derecho a este complemento las mujeres pensionistas, que en el caso de haber tenido dos hijos biológicos o adoptados incrementaban su pensión en un 5% y en un 10% si tenían tres hijos o más.  

El demandante ha sido asesorado por Mario Díez-Ordás, abogado especialista en Derecho Laboral del despacho RBH Global, quien destaca que “la sentencia equipara un derecho de los trabajadores en el que, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para percibir este complemento, no hay cabida para aplicar ninguna distinción de género”.  




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