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  • Vueling (36%), Iberia (15%), Ryanair (7%), Air Europa (6%) y TAP Air Portugal (2%) son las cinco compañías aéreas con mayor porcentaje de reclamaciones por overbooking en reclamador.es.
  • El top 10 de compañías aéreas lo completan, por este orden, easyJet, Iberia Express, British Airways, Wizz Air y Avianca.

Las buenas previsiones y la evolución positiva del tráfico aéreo a lo largo de este año anticipan la posibilidad de batir un nuevo récord en nuestro país este verano. No en vano, las compañías aéreas han programado 240 millones de asientos en España para los próximos meses, un 13,5% más con respecto a lo operado en el mismo período de 2023. Ante el gran volumen de pasajeros, explica reclamador.es, son muchos los que temen que la aerolínea haya vendido billetes de más y que su vuelo esté completo.

Es lo que se conoce como overbooking o denegación de embarque. Este se produce cuando la aerolínea vende más plazas de las que dispone el avión. Es una práctica comercial legal, que está permitida en la Unión Europea y regulada por el Reglamento CE nº 261/2004, aclara la compañía online de servicios legales.

Concretamente, lo que hacen las aerolíneas es detectar que existe una mínima parte de los viajeros que no se presentan en el embarque o que cancelan sus vuelos, y por este motivo se les permite sobrevender un 5% de billetes por encima del volumen de asientos disponibles en sus aeronaves. Cuando se produce una sobreventa, puede ocurrir que la compañía aérea deniegue el embarque a los pasajeros de un vuelo.

Sin embargo, aunque la sobreventa de asientos sea una práctica comercial legal en la UE, los pasajeros tienen una serie de derechos que las compañías aéreas deben cumplir, explica reclamador.es. Ante todo, cuando una compañía aérea prevea que tendrá que denegar el embarque en un vuelo, deberá comunicar a los viajeros las normas en materia de compensación y asistencia.

Las 5 primeras aerolíneas más reclamadas

reclamador.es ha recopilado los datos de las reclamaciones totales gestionadas por overbooking a cada aerolínea desde 2012 de cara al verano.

  1. Vueling: 36%
  2. Iberia: 15%
  3. Ryanair: 7%
  4. Air Europa: 6%
  5. TAP Air Portugal: 2%

Otras aerolíneas que hacen overbooking.

Las ya citadas aerolíneas no son las únicas que hacen overbooking. El top 10 de compañías aéreas que más reclamaciones gestionamos en reclamador.es por overbooking, lo completan, por este orden, easyJet, Iberia Express, British Airways, Wizz Air y Avianca.

¿Cuáles son las indemnizaciones a las que pueden optar los viajeros?

Hay distinguir entre dos situaciones:

Voluntario: la aerolínea debe reembolsar el billete u ofrecer transporte alternativo. Además les tendrán que ofrecer otros beneficios como pueden ser cheques o bonos de viajes, dinero en metálico, asiento en business, etc. Esta acción impide reclamar la compensación más adelante.

No voluntario: la aerolínea debe reembolsar el billete u ofrecer transporte alternativo y, además, tendrán que pagar una compensación económica al pasajero.

Voluntarios en casos de overbooking

Buscar voluntarios

La aerolínea buscará pasajeros con los que llegar a un acuerdo para que renuncien voluntariamente a su plaza, a cambio de determinados beneficios. En el caso de que la compañía aérea pida que se presenten voluntarios para renunciar a sus reservas, deberá ofrecerles las siguientes opciones, sabiendo que serán los viajeros quienes elijan entre éstas:

1. Reembolso en 7 días del coste del billete correspondiente a la parte del viaje no realizada, junto con, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

2. Reembolso en 7 días del precio íntegro del billete cuando se compró, correspondiente incluso a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene sentido respecto al plan de viaje inicial del pasajero, y, cuando proceda, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

3. Traslado al destino final lo antes posible en condiciones de transporte comparables.

4. Traslado al destino en condiciones comparables en otra fecha que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles.

Beneficios para los pasajeros

Además, la aerolínea tiene que brindar determinados beneficios, como pueden ser, cheques de viajes, dinero en metálico o asiento en primera clase, por ejemplo.

Gastos cubiertos

El pasajero también tiene derecho a que la compañía aérea cubra los gastos que genere el traslado de un aeropuerto a otro, cuando finalmente vuele desde o hasta un aeródromo distinto para el que se efectuó la reserva.

Finalmente, en el único caso en que el número de personas voluntarias sea insuficiente, la aerolínea tendrá la posibilidad de denegar el embarque a los pasajeros contra la voluntad de éstos, debiendo proponerles una compensación inmediata y prestarles asistencia, más reubicación o reembolso del billete no utilizado por la denegación de embarque. En caso de que el pasajero tenga que llegar a su destino por sus propios medios, aparte del reembolso del billete no disfrutado, podrá reclamar la diferencia de precio que le haya ocasionado el tener que haberse comprado un nuevo vuelo.

No voluntarios frente a overbooking

Para demostrar la no voluntariedad y que se pueda reclamar, debe quedar por escrito lo sucedido, incluida la fecha del incidente. Para ello, el usuario puede acudir al mostrador de la compañía aérea en el aeropuerto o en su defecto a los stands de AENA o las autoridades para pedir un documento que acredite el overbooking, o en su defecto, presentar una hoja de reclamaciones.

Tras esto, el viajero tiene derecho a lo siguiente:

Derecho de asistencia

La compañía aérea deberá ofrecer gratuitamente manutención suficiente en función del tiempo de espera, así como dos llamadas telefónicas o mensajes de fax o correo electrónico. Además, en los casos en los que la salida del transporte alternativo se produjera al día siguiente o días más tarde, el brindar alojamiento y transporte entre éste y el aeropuerto es una obligación.

Derecho a compensación

Conforme a las siguientes cuantías:

· 250 euros para los vuelos inferiores a 1.500 kilómetros.

· 400 euros para los vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros.

· 600 euros para los vuelos superiores a 3.500 kilómetros.

Además, cabe la posibilidad de reclamar daños y perjuicios para cualquiera de los tres casos anteriores.

Derecho a reembolso o transporte alternativo




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