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  • El Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Palma ha condenado a Air Europa a abonar a un pasajero 600€ por la cancelación de un vuelo. Además, la jueza condena con costas con especial declaración de temeridad y mala fe a la compañía aérea por su conducta contraria a sus propios actos, obligando al demandante a acudir a la vía judicial en dos ocasiones.

El pasajero tenía previsto un viaje desde Cancún a Madrid, pero la aerolínea canceló dicho vuelo sin dar justificación alguna, momento en el que viéndose indefenso, el pasajero aéreo decidió poner la defensa de sus derechos en manos de los abogados de reclamador.es. Pese a que la compañía online de servicios legales intentó llegar a un acuerdo extrajudicial con Air Europa, al ignorar los requerimientos, el caso terminó llegando a los juzgados para que el pasajero pudiera hacer valer sus derechos.

Cuando dieron traslado a Air Europa de la demanda, la aerolínea contestó a la misma diciendo que había falta de capacidad porque el demandante se tiene que ratificar personalmente siempre, y eso pese a la firma digital del pasajero incluida en la demanda. Además, desde Air Europa se opusieron por falta de legitimación activa, alegando que quien presentó la reclamación extrajudicial no es el pasajero, sino una mercantil. Pero nada de esto sirvió a Air Europa, quien finalmente se ha visto condenada al pago de la indemnización solicitada por reclamador.es, así como en costas por temeridad y mala fe procesal.

Así, ante tales alegaciones realizadas por Air Europa, la sentencia ha sido rotunda al señalar la mala fe de Air Europa, que por un lado prohíbe la cesión del derecho a reclamar por parte del pasajero a servicios legales que le defiendan, obligándole a acudir por sí mismo al juicio, y por el otro cuando lo hace en un segundo pleito como consecuencia de esa cesión, invoca que no puede hacerlo (falta de legitimación activa). Esta conducta, que sólo busca impedir que los afectados por cancelaciones y retrasos puedan obtener la indemnización que por derecho les corresponde, ha merecido la imposición de costas con expresa declaración de temeridad a la compañía.

Así, resulta evidente la mala fe de Air Europa, con una conducta claramente contraria a sus propios actos, pues no solo impone condiciones abusivas a los consumidores, sino que además pretende, de manera torticera, privarles de un derecho legítimo a la reclamación que les corresponde en base al Reglamento Comunitario.

En opinión de Jorge Ramos, abogado de reclamador.es, “es una gran noticia que en este tipo de procedimientos los jueces sean valientes y empiecen a condenar con mala fe y temeridad a Air Europa, pues es evidente que dicha mala fe procesal existe, lo que además de perjudicar a los viajeros, también afecta a la Administración Pública, que tiene que hacer frente con escasos recursos a demandas que ni siquiera deberían llegar a juicio si las aerolíneas cumplieran la obligación de indemnizar a los afectados, saturando aún más los Juzgados”.




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