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La Comisión Europea se esfuerza por seguirle el ritmo a las nuevas tecnologías y reconoce en la inteligencia artificial (IA) un potencial incalculable que puede mejorar muchos aspectos de  nuestra vida cotidiana, desde un transporte más seguro, a una atención sanitaria más eficaz o una energía más sostenible. Sin embargo, es consciente de que se requiere “un marco estratégico de la UE basado en los valores de la Unión” para ofrecer a los ciudadanos “la confianza necesaria para que acepten las soluciones basadas en la IA, animando al mismo tiempo a las empresas a desarrollarlas y utilizarlas”[1].  

En este contexto, el pasado 21 de abril, publicaba la Propuesta de Reglamento por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (COM/2021/206 final). Sus objetivos, tal y como se desprende del texto, pueden resumirse en:

  1. impulsar y fomentar la utilización de IA por parte de las empresas, así como fomentar su desarrollo en el mercado interior;
  2. garantizar que se respetan los valores europeos, la protección de los derechos humanos y del consumidor así como los intereses públicos; y
  3. mejorar la gobernanza y la aplicación efectiva de la legislación vigente en materia de derechos fundamentales y los requisitos de seguridad aplicables a los sistemas de IA.

Así, desde Bruselas proponen nuevas normas que estén bajo el control humano, clasificando los riesgos en cuatro categorías:

  1. Riesgo inaceptable, que abarca todo lo que se considere una amenaza para los ciudadanos europeos.
  2. Riesgo alto, incluyendo infraestructuras críticas, educación y formación profesional, empleo, servicios públicos y privados esenciales, entre otros.
  3. Riesgo reducido, donde se encuadran, por ejemplo, los sistemas de IA como los robots conversacionales.
  4. Riesgo mínimo, refiriéndose a aquellas aplicaciones telefónicas o videojuegos que no pasen los filtros de control.

Es interesante, por último, mencionar que la propuesta impone a los Estados miembros la obligación de tomar todas las medidas necesarias para asegurarse de que se apliquen las disposiciones del Reglamento, incluso estableciendo sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para las infracciones que se cometan. Estas sanciones, según los parámetros y baremos que se incluyen en la Propuesta, pueden llegar hasta los 30 millones de euros o, si el infractor es una empresa, hasta el 6% del volumen de negocio total anual mundial de su último ejercicio financiero[2].

 


[1] https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/europe-fit-digital-age/excellence-trust-artificial-intelligence_es

[2] Artículo 71 de Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (ley de inteligencia artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la unión




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