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  • Una mujer británica quiere llevar a cabo un tratamiento de fecundación in vitro con los óvulos de su hija, muerta por cáncer en 2011. En septiembre de 2014 solicitó su envío a Estados Unidos, donde se quiere realizar el tratamiento, pero le fue denegado

'Mrs M', cuya identidad permanece en el anonimato, recurrió judicialmente la decisión. Finalmente, la corte de apelación británica ha instado a la autoridad competente en Reino Unido (la Human Fertilisation and Embryology Authority o HFEA) a que reconsidere su anterior negativa, por lo que reabre la puerta a que se lleve a cabo el tratamiento.

La hija de 'Mrs M' murió en el año 2011 después de permanecer ingresada durante cinco años en el hospital a causa de un cáncer de colon. Antes de caer enferma, la mujer llevó a cabo una estimulación ovárica y congeló tres óvulos. Al empeorar su estado de salud, le resultó imposible utilizarlos para ella misma y llegó a pedir que se le trasplantaran sus ovarios a su madre para poder tener descendencia.

Según Josep Oliveras, experto en reproducción humana y colaborador en el portal especializado en fertilidad Invitro TV, “en España existe la posibilidad de utilizar una muestra de semen congelada o los embriones generados mediante fecundación in vitro en los doce meses posteriores al fallecimiento del varón, siempre y cuando exista un consentimiento legal firmado o se presuma otorgado el mismo por encontrarse el tratamiento ya iniciado”.

El argumento que la HFEA esgrimió para impedir el uso de los óvulos fue que, a pesar de que la mujer prestó su consentimiento por escrito para la congelación de sus óvulos, no existe consentimiento por escrito para el destino que se solicita.

Sin embargo, la sección de asuntos de familia del tribunal de apelación londinense ha tenido en cuenta el recurso de la familia. Según su abogado “sería un error utilizar la falta de un consentimiento que nunca se le dio a la paciente para revocar sus deseos, que fueron expresados implícitamente en los consentimientos que sí firmó y en las conversaciones que mantuvo con su familia y amigos”.

Según fue expuesto ante el tribunal, la mujer (a la que se conoce sólo como A), estaba desesperada por tener hijos y pidió en varias ocasiones que fuese su madre quién los tuviera en su lugar.

La sentencia tuvo en cuenta que según la madre, su hija creía haber firmado todos los consentimientos necesarios para autorizarla a que llevase a sus hijos al mundo una vez ella falleciera. Además, A rechazó firmar el consentimiento necesario para que los óvulos fuesen donados para la investigación.

Por estos motivos, la sentencia remite el asunto otra vez a la HFEA para que reconsidere la solicitud de exportación de los óvulos. “A pesar del revuelo legal, el potencial de embarazo partiendo tan sólo de tres óvulos congelados es muy bajo.” afirma Josep Oliveras.




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