- reclamador.es explica que se pueden reclamar las incidencias que se produzcan con el equipaje. Sea pérdida, retraso o daños. Los paros de controladores aéreos no afectan a este tipo de reclamaciones.
- Los overbooking. Si se deniega el embarque al pasajero porque la aerolínea ha sobrevendido asientos no hay vinculación con la huelga de controladores aéreos, por lo que también se podría reclamar una compensación económica de hasta 600 euros.
La huelga de funcionarios de hoy, jueves 5 de diciembre, en Francia, que afecta también al colectivo de los controladores aéreos, ha provocado cancelaciones y retrasos en los aeropuertos de las ciudades de París, Marsella y Toulouse. reclamador.es da las claves a continuación y explica qué supone una huelga de controladores para los pasajeros y qué pueden hacer si ven sus vuelos afectados por este motivo:
¿Es un caso de fuerza mayor? Sí.
Según el Reglamento Europeo 261/2004, que regula los derechos de los pasajeros, hay ciertos casos en los que no se podrá reclamar compensación si existe una causa de fuerza mayor acreditada. Esta normativa exonera a las compañías aéreas de responsabilidad cuando la incidencia de un determinado vuelo es provocada por circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Por eso, un supuesto como una huelga de controladores aéreos, que escapa del control de las aerolíneas, se considera una causa de fuerza mayor.
¿Los pasajeros pueden reclamar?
Las incidencias en los viajes derivadas de la huelga de controladores aéreos en Francia son consideradas ajenas a las aerolíneas, como indica reclamador.es. Es decir, son causa de fuerza mayor y esto significa que las compañías aéreas quedan exoneradas de abonar una compensación al pasajero.
Lo que se puede reclamar
- Las incidencias que se produzcan con el equipaje. Sea pérdida, retraso o daños. La huelga de controladores aéreos no afecta a este tipo de reclamaciones. En este sentido reclamador.es recuerda que completar el PIR (Parte de Irregularidad de Equipaje) es imprescindible. Es posible que la compañía aérea indique a los pasajeros que tienen que reportar la incidencia a través de los formularios web en la página web de la aerolínea o que les faciliten una dirección de correo electrónico. En esos casos, para poder reclamar, la incidencia se tiene que poner en conocimiento de la aerolínea en plazo máximo de 21 días para los casos de retraso o pérdida de equipaje, o en 7 días, en los casos de daños provocados en el equipaje.
- El overbooking. Si se deniega el embarque al pasajero porque la aerolínea ha sobrevendido asientos, no hay vinculación con la huelga de controladores aéreos, por lo tanto, se puede reclamar una compensación de hasta 600 euros.
- En los casos de fuerza mayor, como decíamos, la aerolínea no está obligada a abonar al pasajero una compensación por una cancelación que ha sido provocada por causas ajenas a su control. Ahora bien, se mantienen el resto de las obligaciones que les impone la normativa: obligaciones de asistencia, información y ofrecer al pasajero el reembolso o la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible. Si esto se incumple, podremos reclamar:
- El importe del billete cancelado y además el sobrecoste soportado por el pasajero si éste se vio obligado a comprar un transporte alternativo para llegar a destino por sus propios medios, ante la ausencia de asistencia y propuestas de reubicación lo más rápido posible por parte de la aerolínea.
- Todos los gastos asistenciales hasta llegar a destino: comida y bebida durante la espera, alojamiento hasta la salida del vuelo o gastos de transporte al aeropuerto. Para poder reclamar todos estos gastos, es fundamental conservar las facturas o tickets de compra.
Lo que no se puede reclamar
Como indica la compañía online de servicios legales, las huelgas convocadas por controladores aéreos se consideran fuerza mayor y, por lo tanto, impiden la posibilidad de reclamar las compensaciones de entre 250-600 euros que establece el Reglamento Europeo 261/2004.
Las aerolíneas son reticentes a los reembolsos de los billetes de avión cancelados, ofreciendo en muchos casos únicamente un bono -voucher- para utilizar más adelante, aclara reclamador.es. Sin embargo, las aerolíneas deben ofrecer bien el reembolso del billete o bien un bono, y es el propio pasajero aéreo quien debe decidir qué prefiere.
Si la aerolínea se niega al reembolso del billete cancelado por la huelga de controladores aéreos en Francia hay que ponerse en manos de profesionales para reclamar. En este sentido es muy importante que se conserve toda la documentación acreditativa de los gastos que se tengan que afrontar, como son la comida y bebida, noches de alojamiento, taxis y nuevos billetes de avión, para poder adjuntarlos a la reclamación y que esta llegue a buen puerto.