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  • En estas fechas tan señaladas, los consumidores realizamos un esfuerzo económico importante por celebrar estos días de manera especial.
  • Según el estudio anual que publica Deloitte los españoles nos gastaremos 684 euros en las fiestas navideñas por cabeza.
  • Ser prudente, utilizar Internet para saber qué voy a comprar y tener claro que hay unos derechos inherentes como consumidor y que no deben renunciarse son pautas claves para estas fechas

Compras impulsivas; regalos que se adquieren por Internet y problemas que a veces surgen. Este ha sido el motivo de pedirle a Eugenio Ribón, abogado experto en derecho de consumo y responsable de esta sección en el ICAM, algunos consejos para lograr, en la medida de lo posible compras seguras. Ser prudente, utilizar Internet para saber qué voy a comprar y tener claro que hay unos derechos inherentes como consumidor y que no deben renunciarse pese a que las empresas, en general, gestionan mal las reclamaciones, sobre todo a nivel postventa, como señala nuestro experto jurista. Además, si las compras se hacen vía online en mercados fuera de la UE, las posibilidades de reclamar son escasas.

“Todavía hay desconocimiento de muchas cuestiones, como el derecho de desistimiento, que el propio plazo de garantía real, no es de dos años, sino de seis meses o que es un mito que sin embalaje no puedas devolver el producto. Todavía hay que hacer un esfuerzo para que consumidor conozca sus derechos” explica Ribón.

Con él hemos diseñado estas pautas para que las compras navideñas sean algo más seguras:

  1. Quién tiene derecho a reclamar.   A este respecto, no es solo el consumidor que adquiere el producto, el llamado consumidor jurídico sino cualquier otro que lo reciba como regalo, el llamado consumidor material, quien pueda ejercer este derecho
  2. Ten en cuenta los plazos que marca la ley:  Si el producto no tiene ningún defecto no se puede devolver si no nos gusta, salvo que el comerciante lo indique con alguna publicidad expresa.  No hay derecho porque cambies de opinión a que puedas hacer el citado cambio del artículo.
  3. Compras online, otra regulación:  Es el gran boom en este momento, 1 de cada 2 productos se compran por Internet. Para este tipo de productos tienes catorce días naturales desde la recepción del producto para ejercer ese derecho de devolución. Lo mejor si se desconfía es pagar contrareembolso para así tener recibo de la operación.
  4. Compras defectuosas.  Si compramos algo en mal estado hay una garantía mínima legal de dos años en productos nuevos. Si el producto fuera de segunda mano, la garantía mínima puede reducirse a un año. En los primeros seis años de ambos plazos no se tiene que probar que el defecto sea de origen, con lo cual se invierte la carga de la prueba. Cuando pase este tiempo, el usuario deberá probar que había ese problema.
  5.  Pagos con tarjeta sin penalizaciones: Tras la última reforma normativa no se puede trasladar al consumidor ningún coste nuevo por el uso de esta herramienta de pago. Lo que si puede el comercio es establecer normas mínimas para que ese pago sea posible realmente.
  6. Cuidado con los productos perecederos: Si el elemento que se va a tomar está en mal estado, responde directamente el vendedor de esos problemas que surjan al propio consumidor. Para ello, lo importante es, tras acudir a la consulta del médico que haga constar el origen de la intoxicación.
  7. Productos rebajados, difícil de cambiar. Si adquirimos productos rebajados es en muchas veces complicado cambiarlos porque no hay ese derecho en las tiendas físicas. En el caso de Internet, esta medida sería una cláusula abusiva que fomenta el derecho a desistir, derecho irrenunciable por parte del usuario.
  8. Surge el problema: ¿Qué hacer?: Cuando la venta es a distancia hay que saber que rige el artículo 52 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que señala que el juzgado competente será el del domicilio del consumidor.  Siempre que la misma sea inferior a 2000 euros, puede hacerla de forma gratuita sin incurrir en ningún gasto de abogado o procurador. El pleito se convierte en juicio verbal y puede tener una duración de cuatro a cinco meses.
  9. Sistema arbitral de consumo:  Se emplea cuando existe la llamada oferta pública de sometimiento. En comercio electrónico es habitual que las grandes plataformas estén adheridas a este sistema extrajudicial. Es un sistema gratuito con independencia de la cuantía y su duración puede extenderse a los cuatro meses.
  10. Importante conservar pruebas de compra. Cada vez más el consumidor es más precavido y guarda ticket de compra y en otros productos incluso el embalaje, aunque este extremo del embalaje podría ser una cláusula abusiva. Si se prefiere devolver el producto el empresario tiene un mes para devolver esas cantidades. De no hacerlo en ese plazo tendrá que una penalización del doble de la cantidad entregada por el consumidor.



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