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Una magistrada de Marbella (Málaga) ha concedido provisionalmente la custodia de un menor de 13 de meses al padre porque la madre se lo llevó sin consentimiento paterno y sin autorización judicial a la localidad de Torea, “en la Galicia profunda”, según el propio auto de la jueza.

María Belén Ureña Carazo señala que la decisión de llevarse al niño fue “unilateral” y que la madre habría mantenido una actitud “egoísta” y sometido al padre a una serie de “vejaciones e insultos”. Y por ello ha decidido ordenar el retorno del menor a Marbella, donde residían, otorgando la guarda y custodia al padre. Además, responsabiliza a la madre “de esta situación familiar” y establece que deberá pagarle al padre 150 € de pensión. La madre podrá ver al hijo dos fines de semanas alternos.

Ureña Carazo calificó en el auto judicial a Marbella como una “ciudad cosmopolita”, que tiene, según indica, “todo tipo de infraestructuras” algo que “no ocurre en la pequeñísima población en la Galicia profunda a la que se ha trasladado la madre”.

La abogada defensora de la madre, Claudia Traba, apunta que la jueza “manifiesta un desprecio hacia la Galicia Rural, que ofrece los mismos servicios sanitarios y educativos que una gran ciudad, lo cual es discriminatorio”. Y ha anunciado que pedirán la nulidad de actuaciones y la recusación de la jueza, a la que acusa de haber insultado a su clienta, calificada en el auto como “caprichosa, agresiva, fuera de la realidad, posesiva o machacona”. La letrada, que ha presentado una queja ante el Consejo General del Poder Judicial, señala que la madre decidió regresar a su municipio natal en Galicia  “ya que tras la ruptura no tenía trabajo ni familia en Marbella”. Además, señala que no tiene interés en “apartar al menor del padre y que la madre quiere la custodia compartida y una educación en igualdad”.

En el auto, la jueza señala que, mientras que el padre es “médico, con un trabajo fijo, bien remunerado y con flexibilidad horaria”, ella “ha demostrado la nula intención de buscar trabajo pues pretende estar dos años criando a su hijo porque cuenta con la prestación económica de 1.200 €” que le da el padre”, algo que niega la abogada de la madre, quien señala que tiene intención de buscar trabajo. Traba, que va  a solicitar que le asignen otro juez, ha denunciado que se han omitido varias pruebas presentadas, algo que, a su juicio, vulnera el derecho constitucional a una tutela judicial efectiva.

Por su parte, la abogada del padre, Lola Casares, señala que en este proceso se ha “priorizado el interés superior del menor, conforme a la normativa aplicable en casos de traslado de menores y se juzga desde una perspectiva de género”. El auto judicial hace alusión a que “no hay que dar por supuesto que una madre, por el hecho de ser mujer y haber parido, está más capacitada para cuidar mejor de su hijo”. Con este acto, según el auto, la “madre pretendía apartar la figura paterna del niño”. Para la letrada, esta resolución “aporta visibilidad al problema del traslado nacional de niños y lo fundamental de residir en el lugar de residencia, por lo que es una decisión muy valiente por parte de la jueza”.

 




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