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Pontevedra, 26 jun (EFE).- La Audiencia de Pontevedra ha estimado parcialmente el recurso presentado por el histórico narcotraficante Laureano Oubiña contra la sentencia de un juzgado de Vilagarcía (Pontevedra) que concluyó que la serie "Fariña" no vulneró su derecho al honor.

Oubiña reclamaba inicialmente 1,5 millones de euros de indemnización a la productora de la serie, Bambú Producciones, y a las cadenas que emitieron esta serie de ficción, Atresmedia y Netflix, al entender que ésta había atentado contra su honor, su imagen y su intimidad.

Sostenía que los responsables de "Fariña" habían recurrido al insulto y a la calumnia para caracterizar a su personaje, ofreciendo una imagen "falseada y ridiculizada", y que recogían hechos que, a su juicio, no eran ciertos.

Su demanda reprochaba además las escenas con contenido sexual explícito entre su alter ego en la ficción y su esposa Esther Lago, entre ellas cuando las autoridades irrumpieron en su casa para detenerle por la operación Nécora o mientras mantenía un "vis a vis" en la cárcel.

Ahora, siete meses después de la sentencia dictada por el juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Vilagarcía, la sección tercera de la Audiencia de Pontevedra da la razón parcialmente a Oubiña, pero solo en relación a la primera de estas escenas de sexo.

Los magistrados condenan a Bambú, Atremedia y Netflix a indemnizar con 15.000 euros a Laureano Oubiña por los daños morales ocasionados por esa secuencia, que formaba parte del primer capítulo de la serie de televisión.

El fallo sostiene que los responsables de la serie han vulnerado el derecho a la intimidad personal de Oubiña y las condena a "cesar en tal intromisión", para lo cual deberán retirar esa escena de todas las plataformas en las que se emita todavía la serie.

La Audiencia de Pontevedra concluye que la serie "solo menoscaba su intimidad" en lo relativo a la privacidad de su vida familiar íntima.

"La reputación del señor Oubiña y todo lo que viene a aducir referido a su consideración y reinserción social, al igual que las cuestiones de familia carecen de relevancia", subrayan los jueces, que solo ven "daño moral" de alcance "limitado" en lo relativo a esa escena.




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