Carpeta de justicia

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La difusión de contenidos sexuales con menores de edad, es decir, pornografía infantil en videollamadas o a través de aplicaciones de mensajería es delito. Aun peor si se hace con contenido en el que las personas que aparecen manteniendo relaciones sexuales son menores de edad. Estos delitos están siendo de suceso fácil debido al uso masivo de programas para videollamadas y reuniones online, como Zoom, Whatsapp, Skype, Duo, etc.

Así ha sucedido, por ejemplo en el caso de una conferencia entre estudiantes universitarios de Arquitectura, como podemos ver en esta noticia (enlace), en la que la universidad utilizó para la charla una de las aplicaciones de moda durante el aislamiento contra el coronavirus: Zoom.

En el caso comentado, uno de los participantes que accedió a la sesión, no identificado, porque esto es lo que permiten las aplicaciones de videoconferencias, que se acceda directamente con el enlace y sin contraseña o ser admitido… Se difundió un video de una violación.

La mayoría de legislaciones lo que se intenta proteger, criminalizando la pornografía infantil, es la libertad e indemnidad sexual de los  niños que han sufrido algún tipo de abuso para elaborar dicho material (De Luca y  López, 2009). Por este motivo, la Organización Internacional de Policía Criminal  (INTERPOL) propone abandonar el término de “pornografía infantil en favor de “material de abuso sexual infantil”. Este tipo de imágenes o videos constituyen en  sí mismos un abuso o explotación de los menores que no tienen la capacidad de consentir este comportamiento sexual.

La difusión de vídeos con contenido ilegal aumenta con la masificación del uso de plataformas de videollamada y videoconferencia. Ejemplo de delito informático

No es necesario dar muchos detalles para imaginarse lo sucedido. En estos tiempos de exceso de uso de dispositivos móviles y tiempo para realizar videollamadas estamos expuestos a que este sea el canal para la difusión de pornografía (infantil o no).

Este tipo de delitos a través de dispositivos digitales pueden suponer daños psicológicos para las personas que presencien las imágenes reproducidas, por ejemplo, en el caso de pornografía infantil, donde en muchas ocasiones el contenido es propio de violaciones y actos indeseables. Nada que ver con el concepto de pornografía que una persona adulta en su generalidad puede pensar.

Por otro lado, si hemos sido víctimas de acciones similares, lo recomendable es tomar el mayor número de datos y detalles sobre el usuario que difunde, no esperar a que sea tarde.

Cómo demostrar un delito de difusión de pornografía online en videollamadas o conferencias online

En ocasiones las consultas de personas que han sido víctimas (o creen haberlo sido, porque no siempre ha sido lo que parece) carecen de pruebas porque cuando tratamos el asunto no tienen ningún dato, rastro o idea de cómo identificar al autor del delito, siquiera relacionarlo. Esto es esencial para poder denunciar, investigar e incluso llevar el asunto a que se haga justicia y puedan evitar nuevas conductas delictivas.

Mi recomendación, cuando se trata de Zoom o reuniones similares, tomar nota de todos los usuarios que entran en la sala, como si auditáramos la asistencia, datos de correo electrónico, IPs, teléfono, y registrar el origen del dispositivo. Pedir a los asistentes que se renombren e identifiquen cuando entran, y que controlemos en todo momento lo que sucede para evitar este tipo de acciones.

Por otro lado, si sucede, que guardemos captura de pantalla, grabaciones, enviemos y conservemos el texto del chat, porque en muchas ocasiones aparece la referencia de la persona, usuario, dirección IP, teléfono, etc. del usuario y a partir de ahí se puede facilitar una investigación.

Cuantas más precauciones se toman inicialmente más fácil es controlar cualquier incidente y por supuesto, más facilidad se dará posteriormente a su investigación.

Plataformas como Zoom controlan los desnudos en videollamadas y usos sexuales

Asimismo plataformas como Zoom ya han empezado a utilizar algoritmos para evitar la sexualización de su uso y que contenidos indeseados por organizadores de reuniones terminen en pantalla.

Los usuarios de Zoom, según sus reglas, “no pueden usar la tecnología para participar en ninguna actividad que sea dañina, obscena e indecente (…) esto se extendería al uso comercial”.

Según el sitio especializado ‘Xataka’, en una videollamada de un colegio de Noruega se coló un hombre desnudo. Cabe recalcar que, al crear una videollamada, se crea también un ‘link público’ que aprovechan los irresponsables.

La situación mencionada, además de ser una violación a la privacidad de los usuarios, podría tener repercusiones en las personas que estaban involucradas en la lección virtual de clase. Es, básicamente, como si alguien desnudo ingresara a un salón de clase de un momento a otro. Es peligroso desde todos los ángulos.




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