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¿Qué es el certificado literal de nacimiento?

El certificado de nacimiento es el documento expedido y guardado en el Registro Civil que acredita todos los datos sobre el nacimiento de una persona. 

En este sentido, el certificado literal de nacimiento es una copia exacta de la partida original de nacimiento en la que se incluyen todos los datos que se asentaron en el Registro Civil.

¿Qué información incluye el certificado literal de nacimiento?

  • Fecha, lugar y hora de nacimiento.
  • Sexo del bebé.
  • Nombre, apellido y otros datos de los padres.
  • Tomo y página.
  • Sello de la oficina.
  • Fecha de expedición.
  • Nombre del secretario y firma.

Además, como nota marginal se inscribirán la adopción, las modificaciones judiciales de capacidad, las declaraciones de concurso, ausencia o fallecimiento, los hechos relativos a la nacionalidad o vecindad y, en general, los demás inscribibles para los que no se establece especialmente que la inscripción se haga en otra sección del registro.

Igualmente, cuantos hechos afectan a la patria potestad, salvo la muerte de los progenitores, se inscribirán al margen de la inscripción de nacimiento de los hijos.

¿Para qué es necesario el certificado literal de nacimiento?

Este certificado se requiere para diferentes trámites administrativos a lo largo de la vida.

  • Obtención del Documento Nacional de Identidad.

No obstante, a raíz de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil, en aquellos registros civiles que tengan activada la aplicación DICIREG, en las nuevas expediciones de DNI, no se deberá presentar el certificado ya que el sistema del DNI accederá directamente al registro individual de la persona y obtendrá los datos actualizados directamente del Registro Civil.

  • Contraer matrimonio.
  • La firma de un divorcio.
  • Procedimientos de herencias y sucesiones.
  • Obtención de pensiones.

Quién lo puede solicitar

Cualquier persona puede solicitar su propio certificado literal de nacimiento. También podrá solicitar el de un tercero cuando acredite los datos y razones suficientes.

Algunos casos especiales requieren del consentimiento expreso de un juez como, por ejemplo:

  • Personas que hayan hecho el cambio de apellido o de sexo.
  • Personas que se encuentren en régimen de adopción.
  • Quienes se encuentren afectados a programas de violencia de género.
  • Personas que estén acogidas a otros programas de protección especial.

¿Cómo se solicita?

Las vías para solicitar el certificado literal de nacimiento son:

  • Oficina del Registro Civil: la persona interesada debe asistir de manera personal al Registro Civil de la localidad en la que nació para solicitarlo.
  • Modalidad virtual: los ciudadanos nacidos a partir de 1950 tienen la opción de solicitar el certificado por Internet en algunas sedes que ya tienen sus bases de datos digitalizadas. Hay dos trámites posibles, uno es con el DNI electrónico o certificado digital y otro mediante un formulario. El documento solicitado llegará al correo postal declarado.

Vigencia del certificado literal de nacimiento

Una vez expedido este documento y, dependiendo del trámite para el que se solicite, tendrá una vigencia determinada y no será válido superado ese plazo. Este periodo normalmente suele ser entre 3 y 6 meses.

Modificación del certificado literal de nacimiento en casos de cambio de sexo y de nombre por razones de identidad sexual

A raíz de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (en vigor desde el 2 de marzo de 2023), se ha dictado la Instrucción de 26 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la rectificación registral de la mención relativa al sexo regulada en la citada Ley 4/2023.

Esta instrucción regula la competencia para recibir y resolver las solicitudes de rectificación registral de la mención relativa al sexo, así como del cambio de nombre de menores de edad.

 

Referencias legales:

Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Marta Saiz Heriz
Marta Saiz HerizAbogada experta en Derecho Civil



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