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Barcelona, 8 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha enviado a juicio a los exconsellers de Cultura Lluís Puig, huido de la justicia española, y Santi Vila, acusados de desoír la orden judicial para que devolvieran al Monasterio de Sijena (Huesca) obras de arte depositadas en el Museo de Lleida.

En su auto, la sala civil y penal del TSJC acuerda que ambos exconsellers sean juzgados por un delito de desobediencia -y también usurpación de funciones judiciales en el caso de Vila- y les impone 17.250 euros de fianza a cada uno de ellos para cubrir eventuales indemnizaciones a la Diputación de Aragón por el traslado de los bienes, finalmente llevado a cabo en diciembre de 2017.

En su resolución, el alto tribunal catalán se declara competente para juzgar a Puig, por su condición de aforado como diputado de Junts en el Parlament, mientras que a Santi Vila, que fue conseller en el Govern de Carles Puigdemont aunque dimitió un día antes de la DUI, lo juzgará un juzgado de lo penal de Barcelona.

Puig es uno de los consellers que, junto a Puigdemont, huyó de la justicia española tras el referéndum unilateral del 1-O y, como él, está acusado de un delito de malversación por el desvío de fondos para el procés.

La Fiscalía pide sendas condenas de 11 meses de multa a razón de 18 euros diarios (5.940 euros), así como dos años de inhabilitación, para ambos exconsellers, a quienes acusa de un delito de desobediencia, mientras que el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, acusación particular en la causa, suma otro de usurpación de funciones judiciales a Vila, por el que solicita 11 meses de cárcel.

Para el alto tribunal catalán, existe "una base indiciaria seria y consistente" para enviar a juicio a Vila, que fue conseller de Cultura desde enero de 2016, y a Puig, que le sustituyó a partir del 4 de julio de 2017, por ignorar la resolución judicial que obligaba a entregar los bienes en liza por ser propiedad de la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.

Las obras en disputa son más de 80 piezas artísticas, que incluyen desde esculturas y tallas a pinturas o murales, que el Monasterio de Sijena de Huesca reclamó como suyas al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC), que las tenía depositadas en el Museo de Lleida.

En abril de 2015, un juzgado de Huesca estimó la demanda presentada por la comunidad autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y decretó la nulidad de pleno derecho de las compraventas de las piezas llevadas a cabo por la Generalitat en 1983 y 1992 y por el MNAC en 1994, con lo que declaraba que la propietaria de los bienes era la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.

En junio de 2015, una vez la sentencia devino firme, el juzgado de Huesca ordenó su ejecución y requirió a la Generalitat que trasladaran a Sijena las obras de arte objeto del litigio, el día 25 de julio de 2016.

El auto, añade el TSJC, fue notificado personalmente a Santi Vila, que comunicó al gobierno de Aragón que había dado órdenes para trasladar de forma inmediata 41 de las piezas reclamadas pero no las 44 restantes, por lo que en octubre de 2016 la justicia volvió a advertirle de su obligación de devolverlas.

En abril de 2017, Vila dictó una orden que no permitía la salida de las 44 piezas reclamadas del Museo de Lleida al Monasterio de Sijena, lo que motivó un nuevo requerimiento del juzgado el 7 de julio de 2017, cuando ya era Lluís Puig el responsable de Cultura tras la remodelación del Govern llevada a cabo por Puigdemont.

Según la acusaciones, ninguno de los exconsellers ordenó entregar las obras de arte a Sijena, lo que motivó que el juzgado de instrucción número 1 de Huesca oficiara a las fuerzas y cuerpos de seguridad para que se encargaran del traslado, que se llevó a cabo finalmente el 11 de diciembre de 2017, con un coste de 12.932 que asumió la Diputación General de Aragón.

La causa contra los dos exconsellers de Cultura del Govern presidido por Carles Puigdemont la inició en diciembre de 2017 el juzgado de instrucción número 3 de Huesca, a raíz de una denuncia del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena por desobediencia grave y prevaricación.

El juzgado acordó en 2019 enviar el caso a juicio, por desobediencia y prevaricación en el caso de Vila -a quien le impuso una fianza de 216.000 euros- y en el Puig por desobediencia -con una fianza de 88.000 euros.

El juzgado de lo penal número 1 de Huesca asumió la competencia para celebrar el juicio, si bien antes de la vista el Parlament notificó que Lluís Puig ostentaba la condición de diputado desde el 22 de febrero de 2021, pese a que desde 2017 se encontraba huido de la justicia española.

Por este motivo, el juzgado de Huesca elevó el caso al Tribunal Supremo, que en diciembre de 2022 se declaró incompetente y lo remitió al TSJC, ya que al ser Puig diputado en el Parlament es aforado ante el alto tribunal catalán.

El TSJC asumió el caso en febrero de 2023 y anuló la fianza que el juzgado de Huesca había impuesto a Lluis Puig, al tiempo que remitió el procedimiento relativo a Vila -que no es aforado- a un juzgado ordinario. 




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