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  • Se desestima la medida cautelar sin audiencia de la parte contraria solicitada por CCOO y se da de plazo hasta mañana para escuchar a la Consejería de Educación y el ministerio fiscal antes de resolver

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha emplazado a la administración educativa y al ministerio fiscal para que se pronuncien sobre la medida cautelar solicitada por el sindicato Comisiones Obreras, que ha pedido que se suspenda la modificación del calendario escolar.

El tribunal les ha dado hasta el martes a las nueve de la mañana para que informen sobre la medida cautelar y para que la administración pueda también aportar cuanta documentación considere oportuna.

El sindicato ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Consejería de Educación que el pasado viernes modificó el calendario escolar y dejó sin efecto la semana de descanso que comenzaba hoy.

El recurrente pedía además la adopción de una medida cautelar para que tal acto administrativo quedara en suspenso sin necesidad de que fuera escuchada la otra parte.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha decidido desestimar los términos de esta petición y sí escuchará antes de pronunciarse tanto a la Consejería de Educación como al ministerio fiscal, dado que se trata de un procedimiento de protección de derechos fundamentales.

Explica el tribunal en su auto que “teniendo en cuenta que hoy mismo comienza el periodo cuestionado que se prolonga durante cinco días de esta semana, la sala aprecia que ya no concurren circunstancias de especial urgencia para adoptar la medida cautelar solicitada sin oír a la parte contraria, administración competente y ministerio fiscal, máxime considerando los intereses en juego afectados y la justificación inicial de la propia resolución”.

Por eso, la Sala opta por dar audiencia a la parte contraria en el plazo de un día –que concluye mañana a las nueve de la mañana- con el fin de “analizarla (la medida cautelar) con celeridad antes de que discurra el periodo lectivo cuestionado que ha dado lugar a la modificación del calendario escolar”.




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