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El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona ha decido promover la aplicación de un modelo para la presentación de demandas y de contestaciones en relación con los litigios que versan sobre cláusulas abusivas, que añade a esos escritos un resumen al inicio de los mismos. La idea busca simplificar el planteamiento de las pretensiones de las partes en esos procesos, que están saturando los juzgados con competencia en la materia, de modo que se consiga facilitar el estudio de las cuestiones litigiosas por parte del juez, de modo que pueda llegar a trabajar con las líneas básicas del pleito sin perderse dentro del laberinto intelectual, jurídico y económico que es posible llegar a encontrar en muchos procesos por cláusulas abusivas.

Ciertamente, la Ley de Enjuiciamiento Civil no establece una obligación de formular la demanda incluyendo al principio un resumen con los aspectos esenciales del caso. La norma señala, únicamente, que el juicio principiará por demanda, en la que, consignados de conformidad con lo que se establece en el artículo 155 los datos y circunstancias de identificación del actor y del demandado y el domicilio o residencia en que pueden ser emplazados, se expondrán numerados y separados los hechos y los fundamentos de derecho y se fijará con claridad y precisión lo que se pida. Sin embargo, aunque no sea una buena señal, se puede recomendar un esquema básico con los aspectos esenciales de cada proceso, pero es cierto que no podrá escudarse el juzgador en la síntesis para decidir sobre el caso, pues las sentencias deberán ser claras, precisas y congruentes con las demandas y con las peticiones de las partes deducidas oportunamente en el proceso.




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