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  • Jornada "Acuerdos de refinanciación y homologación: evolución y balance tras dos años desde la reforma 2014"

BROSETA ha celebrado la jornada “Acuerdos de refinanciación y homologación: evolución y balance tras dos años desde la reforma de 2014”, una sesión organizada por el Área de Bancario y Financiero, dedicada a analizar la reforma introducida por la publicación del Real Decreto Ley 4/2014, de 7 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de la deuda empresarial.

La sesión ha examinado de forma exhaustiva dicha reforma, que modificó radicalmente las reglas del juego en el ámbito de las operaciones de refinanciación, como instrumentos para garantizar la supervivencia de sociedades que han acumulado una carga financiera excesiva pero que son viables desde un punto de vista operativo, mediante un sistema ordenado y equilibrado de acuerdos con los acreedores, y un amplio abanico de fórmulas de refinanciación.

El encuentro ha reunido a casi un centenar de profesionales interesados en hacer balance de la reforma y revisar cómo los distintos actores implicados en este sector (entidades financieras, asesores financieros, abogados y jueces, principalmente) han ido conformando y delimitando los aspectos y elementos principales de dicha regulación.

De esta manera, la jornada ha analizado las dudas generadas en relación a la aplicación práctica de la reforma y su complejidad, así como algunos de los instrumentos que han representado un éxito en términos de aplicación práctica. Es el caso de la homologación judicial y la irrescindibilidad de los acuerdos de refinanciación.

Antonio J. Navarro, socio de BROSETA y director del área de Bancario y Financiero, ha realizado una revisión de los aspectos clave de la reforma de 2014, con una exposición sobre las principales novedades del Decreto Ley 4/2014 y el impacto de la nueva regulación de los acuerdos de refinanciación. Durante su intervención se han abordado conceptos como el priviliegio del fresh money o la capitalización de la deuda.

Miguel Navarro y Carlos Ochoa, abogados del área de Bancario y Financiero de BROSETA, han centrado su intervención en los aspectos conflictivos de la homologación judicial, una figura de éxito en la práctica con dos efectos distintos, tales como la protección absoluta del acuerdo de refinanciación frente a acciones de rescisión; y la posibilidad de extender determinados efectos a los acreedores disidentes.

Entre las particularidades de la homologación judicial se ha destacado la amplitud de su uso, la discrecionalidad judicial, o el concepto de “pasivos financieros”, entre otros. Asimismo, se ha repasado el catálogo de efectos extensibles vía homologación, tales como la amortización anticipada obligatoria, la cancelación de avales, la extensión de líneas de avales, los pactos de stand-still, o la prohibición de iniciar ejecuciones singulares por los acreedores disidentes.




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