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  • Estima la demanda del afectado, a pesar de que no probó haber sido víctima de un fraude conocido como ‘phishing’
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El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Vigo ha condenado a una entidad bancaria a abonar a un cliente 2.559 euros por autorizar una operación con su tarjeta por ese importe cuando tenía un límite de 2.500 euros. La jueza considera que el demandante no ha acreditado haber sido víctima de un fraude, conocido como phishing, al no haber aportado “copia del correo electrónico, ni del SMS que dice haber recibido”, pero ha estimado igualmente su demanda al entender que la entidad bancaria incumplió lo estipulado en el contrato, en el cual el límite para las operaciones con la tarjeta estaba fijado en 2.500 euros. 

La jueza explica en la sentencia que el actor afirma que el 16 de mayo de 2021 recibió un correo electrónico supuestamente enviado por la entidad bancaria, “que aparentemente tenía los mismos colores y logotipo”, en el que le instaban a actualizar su tarjeta. El demandante, según aseguró, pinchó en el enlace y dio los datos de su tarjeta. Ese mismo día, recibió un SMS en el que le informaban de que se había realizado una operación de 2.559 euros. El actor, según la resolución “no acreditó los hechos relatados”, pero, sin embargo, sí se ha probado que el límite de la tarjeta estaba establecido en 2.500 euros, por lo que la jueza ha condenado a la entidad bancaria a abonarle 2.559 euros, más los intereses legales desde la primera reclamación extrajudicial, realizada el 13 de julio de 2021. Contra el fallo no cabe presentar recurso.




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