Las cláusulas abusivas se han convertido en un peligro con una tasa de incidencia cada vez más elevada. Cada año son más las familias que se ven afectadas por el uso de tarjetas revolving sujetas a contratos abusivos. Así lo refleja el V Barómetro de la asociación Asufin. Según su informe, los gastos generados por este tipo de tarjetas bancarias se han incrementado peligrosamente. Por ejemplo, su TAE se incrementó durante el pasado mes de diciembre hasta alcanzar una cifra de 20,17% en promedio, es decir, una subida del 1,29% en comparación al mes de junio de 2021.
Además, de forma simultánea la cantidad de litigios asociados a este tipo de tarjetas continúan extendiéndose. En 2020 se registró un aumento de sentencias condenatorias con respecto a sus modelos contractuales. El despunte alcanzó un valor del 87%, algo que, lejos de reducirse, continúa acrecentándose a medida que pasan los meses.
De hecho, en lo que llevamos de año, el volumen de sentencias asociadas a tarjetas revolving ha experimentado un crecimiento del 108% en relación con 2021. Las cuotas de 2022 publicadas dentro del último informe de Asufincontabilizan 125 litigios frente a los 60 que se registraron el pasado año y, teniendo en cuenta los precedentes, las perspectivas de futuro parecen ser menos positivas.
Uno de los factores que explican el imparable aumento de este tipo de pleitos reside en el proceso de digitalización dentro del sector. En la actualidad, es posible contratar productos financieros a partir de un simple clic y, muchos usuarios lo hacen sin leer las condiciones contractuales que, además, en muchos casos no son claras. El auge y la proliferación de los microcréditos y los préstamos online no hace sino incrementar este tipo de riesgos a largo plazo.
En un contexto de cierto descontrol y con la presencia de vacíos legales al respecto, las cláusulas abusivas y las propuestas de financiación poco transparentes constituyen una seria amenaza para los sectores más vulnerables de la sociedad. Especialmente, en un punto en el que, tras la crisis económica propiciada por la pandemia global, los niveles de sobreendeudamiento ya se ven peligrosamente acentuados. Recurrir a este tipo de soluciones rápidas sólo puede servir para agravar los problemas y llevar a muchas familias a situaciones extremas. En estos casos, la única solución es recurrir a un abogado especialista en tarjetas revolving.
Los efectos de las tarjetas revolving se han manifestado de una forma mucho más notoria por la precariedad de muchas familias, ya azotadas por la crisis sanitaria. La cantidad de afectados, por tanto, se ha visto incrementada al mismo tiempo que los procesos de reclamaciones se han masificado. De hecho, por primera vez, las tarjetas revolving se han convertido en el producto financiero más presente en los tribunales de justicia, atesorando más del 23% de todas las sentencias. Una cuota elevada y que ha logrado desbancar de la primera posición del ranking a la hipoteca multidivisa, el producto financiero que hasta hoy se mantenía como el más problemático.
Con respecto al tipo de entidades que se han visto envueltas con mayor rotundidad en este tipo de procesos judiciales, destaca Banco Santander. La compañía cuent con 153 sentencias o, lo que es lo mismo, más del 28% del total. No obstante, Bankinter no se queda atrás con 87 sentencias y un 16% de cuota. En tercer lugar, aunque muy cerca, le sigue CaixaBank con 73 procesos y una aportación al cómputo global del 13,4%. Sólo los pleitos que suman estas tres entidades representan más del 57,6% de casos celebrados durante el año pasado.
Además, la Asociación de Usuarios Financieros, destaca el peligroso crecimiento de Wiking que, en tan sólo un año ha duplicado su presencia en los juzgados por los problemas derivados de las tarjetas revolving. Mientras que en 2020 contaba con una cuota del 4,5%, en 2021 su participación se incrementó hasta el 9,4%.
Ante esta situación, las alarmas se disparan y las asociaciones de víctimas y consumidores presionan a las instituciones y organismos del estado para que proporcionen una mayor protección. No obstante, lamentablemente, la mayoría de los damnificados por las tarjetas revolving y las cláusulas abusivas del resto de productos financieros, se ven abocados a buscar despachos de abogados especializados.
El principal problema del revolving es que se comercializa como una tarjeta, en realidad es una modalidad de crédito. A diferencia de lo que ocurre con las tarjetas de crédito convencionales, en las que se pagan las compras adeudadas a mes vencido o al contado, el pago se hace a plazos agregando intereses. Si estás valorando la posibilidad de contratar este tipo de productos financieros debes tener esto muy claro: A pesar de que cuenten con el formato de una tarjeta, su instrumentalización responde a los modelos de crédito al consumo.
Por otro lado, a pesar de que se trate de créditos de cuantías reducidas, están asociados a intereses muy elevados que tienden a amortizarse en pequeños importes mensuales. Formalizar el contrato de una tarjeta revolving es, en realidad, contratar un crédito. En realidad, deberíamos decir que son más peligrosas que los créditos porque, un vez que el cliente hace las devoluciones de los importes adeudados a partir de cuotas mensuales, su saldo se reintegra y, en consecuencia vuelve a disponer un capital para su consumo que vuelve a utilizar, endeudándose más y acumulando intereses.
Tarjetas Revolving
A partir de una tarjeta revolving es posible hacer compras independientemente de cuál sea el nivel de liquidez real. Poseer la tarjeta conlleva el acceso a un crédito y, en consecuencia, la disposición de saldo sin importar los fondos que existan en la cuenta bancaria asociada. La deuda contraída puede devolverse en plazos a partir de dos sistemas: O bien a partir de cuotas fijas, o a partir de la devolución de un porcentaje del saldo utilizado. En ambos casos, el límite de gasto asociado se va renovando a medida que se hace frente a las cuotas de amortización.
Su adquisición es fácil y, en la mayoría de los casos, fruto del desconocimiento
La mayoría de tarjetas revolving son presentadas como tarjetas de crédito al uso o, en su defecto, bajo un nombre comercial determinado. En una gran parte de los casos, incluso se omite la palabra “revolving” por lo que el cliente no es consciente del todo del tipo de producto que está adquiriendo. La falta de transparencia y legibilidad constituyen uno de los principales factores de riesgo. Además, también es posible identificar estas tarjetas en productos que se venden como una forma de colaboración con determinados comercios o intermediarios, asumiendo en muchos casos la denominación comercial de estos. Carrefour, es un ejemplo.
¿Qué deben saber los clientes?
Ante los serios riesgos que su adquisición comporta, resulta imprescindible que los usuarios reciban información clara. Obtener asesoramiento especializado y resolver todas las dudas relacionadas con las modalidades de pago vinculadas a estas tarjetas, es fundamental. Algunas de las cuestiones que se deben conocer antes de contratarlas son:
● ¿Cuáles son las modalidades de pago que ofrece la entidad bancaria?
● ¿Cuáles son los tipos de interés asociados?
El tipo de interés
El Tribunal Supremo definió como una práctica de usura el tipo de interés asociado a las tarjetas revolving de WiZink, que, entonces, se situaba en el 26%. Aunque desde entonces los tipos de interés se han reajustado, en promedio continúa por encima del 22,8%, así lo reveló el Barómetro de la Asociación de Usuarios Financieros el pasado año.
En la actualidad, estos niveles de interés representan un desafío a la ley de Usura (o ley de Azcárate), que se mantiene vigente desde 1908 y que abarca los créditos abusivos.
Lamentablemente, las tarjetas revolving se han convertido en una generalidad. Cada vez son más las entidades que lanzan este tipo de productos bajo unas estrategias promocionales dudosas, por ejemplo, ofreciendo una tarjeta revolving como un producto gratuito y, al mismo tiempo, mostrando de una forma ilegible los intereses y cláusulas asociadas. El uso de letra demasiado pequeña en el reverso de los contratos o el uso de un lenguaje extremadamente complejo, son también prácticas habituales.
El banco puede cambiar las condiciones del contrato
El sistema que rodea a las tarjetas revolving se convierte en algo aún más peligroso si tenemos en cuenta que, en muchos casos, el cliente pierde el control de las condiciones del contrato. Muchas entidades incluyen dentro del contrato que se reservan el derecho a cambiar las condiciones del contrato. A veces, avisan con una antelación muy reducida antes de que los cambios entren en vigor y, en caso de que el usuario no responda su conformidad, se considera a efectos legales como la aceptación de las modificaciones contractuales.
Incluso algunas entidades fijan por contrato la posibilidad de modificar las modalidades de pago o los límites asociados a los créditos. Esto puede tener unas consecuencias nefastas de sobreendeudamiento, especialmente si el pago se ve aplazado y la cuota únicamente se destina a cubrir los intereses asociados y no a amortizar el capital adeudado.
Por otro lado, los bancos también pueden aplicar cambios al tipo de interés si en el contrato el cliente ha cedido su consentimiento a tales modificaciones.
Esta pérdida de control y el constante incremento de las deudas acumuladas puede suponer una herida de muerte en la mayoría de economías domésticas de clase media. Buscar asesoramiento antes de proceder a cualquier tipo de contratación resulta fundamental. La desconfianza en este tipo de productos y la prevención constituyen las principales armas para evitar este tipo de situaciones. No obstante, es importante buscar apoyo de un abogado especializado en litigios por cláusulas abusivas, siempre que se detecten indicios similares tras la contratación de tarjetas o créditos. Lo más probable es que exista posibilidad de reclamar ante un abuso implícito y, con ello, la probabilidad de recuperar el dinero perdido.
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